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El TS confirma la anulación de parte de una Orden regional dictada sobre sustitución de funcionariado en Justicia

EUROPA PRESS

SANTANDER —

El Tribunal Supremo ha confirmado la anulación de parte de la Orden del Gobierno regional dictada en septiembre de 2013 que regula las sustituciones de funcionarios de los Cuerpos Generales al servicio de la Administración de Justicia en la comunidad autónoma.

En una sentencia consultada por Europa Press, el Supremo desestima el recurso de casación presentado por en noviembre de 2014 por el entonces Gobierno regional del PP.

Concretamente, el Ejecutivo recurría una sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) que estimó en julio de 2014 un recurso interpuesto por la Federación de Servicios a la Ciudadanía de CC.OO contra la Orden dictada y declarando nula su disposición transitoria única.

Dicha disposición versa sobre las sustituciones verticales hasta la entrada en funcionamiento de la Nueva Oficina Judicial.

En la misma, se establecía que las sustituciones verticales solo se podrán realizar dentro del mismo órgano, servicio o unidad y, en los casos de los órganos colegiados, dentro de la misma sección o sala. También se señalaba que el criterio de preferencia sería el de mayor antigüedad y, en caso de igualdad, el que llevara más en el Cuerpo.

CC.OO mantenía que ese precepto vulneraba un Decreto de 2005 que determina el reglamento de ingreso, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional del personal funcionario al Servicio de la Administración de Justicia.

El sindicato señalaba que en el Decreto, de rango superior, se limitaba a atribuir una preferencia a los funcionarios del centro de destino, en la disposición transitoria se establece la “prioridad absoluta” de los del centro de trabajo y, además, excluye a todos los funcionarios de otros órganos, servicios o unidades.

El Gobierno regional defendió la legalidad del precepto pero el TSJC dio la razón al sindicato al entender que la disposición transitoria sí vulneraba lo establecido en el Decreto al limitar la sustitución verrtical al ámbito del órgano, servicio o unidad del funcionario a sustituir, por lo que la anuló.

Contra esta sentencia, el Gobierno presentó un recurso de casación, que ahora el Supremo entiende que debe desestimarse.

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