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Más de un año de prisión por conducir de forma temeraria con el carnet retirado

EUROPA PRESS

SANTANDER —

La sentencia respalda en su totalidad la dictada por el Juzgado de lo Penal número Tres de Santander, que consideró probado que el 27 de agosto de 2014, cuando el acusado, Antonio P.G., circulaba por la carretera CA-180, dentro del término municipal de Mazcuerras, adelantó peligrosamente a una motocicleta en zona prohibida, interponiéndose en su trayectoria y obstaculizándole el paso.

A continuación, realizó otro adelantamiento prohibido en un tramo curvo y con poca visibilidad a un turismo en el que viajaban dos personas y que en ese momento estaba adelantando a su vez a un ciclista, de forma que los tres vehículos quedaron en paralelo.

Cuando el conductor del turismo le dio las luces largas para recriminarle la maniobra, el acusado detuvo su coche, un Toyota Corolla del que no era propietario, en pleno carril de circulación, obligando a los vehículos que le seguían a detenerse. Seguidamente, se bajó del turismo y se encaró con el conductor del otro.

En ese momento, el motorista al que había adelantado anteriormente llegó al lugar y se encontró la circulación interrumpida, momento que aprovechó para recriminar al acusado la maniobra de la que había sido víctima.

Abandonó a continuación el lugar ante la actitud de Antonio P.G. quien, en represalia a sus palabras, lo persiguió, interponiéndose en su camino y frenando bruscamente, al tiempo que realizaba maniobras de desplazamiento lateral, lo que provocó que el motorista perdiera el equilibrio y cayera en la calzada.

Como consecuencia de la caída, este último sufrió abrasiones y contusiones en codo, rodilla y tobillo derechos, de los que tardó diez días en curarse. En cuanto a su motocicleta, sufrió daños tasados en 954 euros, reclamando sólo por estos y no por las lesiones.

Por estos hechos, se declaró al acusado culpable de un delito de conducción temeraria en concurso ideal con otro de conducción sin permiso, con el agravante de reincidencia.

Por el primer delito se le impuso un año y cuatro meses de cárcel y privación del derecho a conducir por tres años y seis meses; y por el segundo, cuatro meses y quince días de prisión. Además, se le condenó a indemnizar al motociclista en 954 euros.

El acusado recurrió la sentencia alegando que no existió conducción temeraria y vulneración de su derecho a la presunción de inocencia, entre otros motivos, argumentos que la audiencia rechaza al considerar los hechos suficientemente probados. Por ello, confirma la sentencia del juzgado y le impone, además, las costas procesales.

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