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La nueva regulación de rehabilitación de edificios y viviendas entra en vigor mañana

La nueva regulación de rehabilitación de edificios y viviendas entra en vigor mañana

EUROPA PRESS

SANTANDER —

La Administración regional, que destinará seis millones de euros a las ayudas a la rehabilitación de edificios y viviendas, ha modificado la normativa para prorrogar la vigencia de las mismas, eliminando la limitación temporal; y también con el objetivo de ampliar el tipo de obras o de inmuebles que pueden acogerse a ellas --a partir de ahora podrán hacerlo “todos”--, y aumentar los máximos de las subvenciones en determinados casos.

Con esta modificación, aprobada el pasado jueves en Consejo de Gobierno, estas ayudas se hacen compatibles con otros programas de subvenciones públicas que persigan la misma finalidad, siempre que la suma de todas ellas no supere el coste de la actividad subvencionada.

Además, con el objetivo de que a estas ayudas puedan acogerse todos los edificios, en la modificación realizada se ha eliminado las limitaciones que existían, en cuanto a la antigüedad de los edificios, o el porcentaje dedicado a uso residencial o a domicilio habitual.

Hasta ahora, para poder acceder a la subvención de Gobierno regional los edificios debían estar finalizados con anterioridad a 1981; dedicar al menos el 70% de su superficie construida a uso residencial y que ese mismo porcentaje de viviendas constituyan el domicilio habitual de sus propietarios o arrendatarios, requisitos que ahora se suprimen.

Podrán solicitar esta ayuda también para las casas unifamiliares y se subvencionará la rehabilitación de más de una vivienda del mismo propietario, algo no permitido hasta el momento, siempre que una se destine a domicilio habitual.

Además, se elimina la limitación existente hasta ahora que impedía que el coste de los materiales superara el 40% de la actuación, lo que generaba la práctica imposibilidad de subvencionar, por ejemplo, el cambio de ventanas.

Otra de las novedades que implica la modificación del decreto es que se permite que con estas ayudas se puedan subvencionar reparaciones de cubiertas siempre que con ellas se consiga reducir un 8 por ciento la demanda energética de los edificios.

Hasta ahora, no se subvencionaba la reparación de la cubierta salvo que con ella se obtuviese una demanda energética de al menos un 30%, algo que, según han señalado, no era posible si además no se actuaba sobre el resto de los elementos de la envolvente del edificio.

Además, en la modificación, se aclara el contenido de un artículo relativo al caso de aquellas obras de rehabilitación que suponen la alteración del número de viviendas o de los metros cuadrados destinados a locales del edificio.

También se regula la posibilidad de solicitar una autorización previa para comenzar las obras de rehabilitación antes de que se resuelva la solicitud de ayudas.

INCREMENTO DE MÁXIMOS SUBVENCIONABLES

Aparte de abrir las ayudas a más supuestos, se ha decidido aumentar la cuantía en algunos supuestos. Así, crece el máximo subvencionable en las obras en viviendas y se equipara a la de los edificios.

Ahora, la subvención podrá cubrir hasta el 35% del coste subvencionable de la actuación (IVA excluido) --antes de la modificación se cubría hasta un 20%--, sin que, de forma general, puedan superar los 2.000 euros por vivienda (antes, 1.000). Sin embargo, la ayuda podrá alcanzar los 3.000 cuando la obra suponga la reparación o sustitución de cubiertas.

Además, cuando la vivienda se encuentre en un municipio con la tasa de paro superior a la media regional, estos límites se incrementarán en un 20%.

OTRAS MODIFICACIONES

Por otra parte, a través de esta modificación del decreto se deroga el programa ARI (Área de Rehabilitación Integral), puesto que es una figura “totalmente superada”, según la Consejería de Vivienda, por las 'ARRU' (Áreas de Regeneración y Renovación Urbana).

También, gracias a esta modificación, se abre la posibilidad de que en un futuro puedan solicitar las ayudas 'ARRU' otros municipios distintos del de Santander, algo que no era posible.

El nuevo decreto también establece un régimen transitorio para las actuaciones iniciadas y no finalizadas que se hayan podido producir entre el 30 de septiembre y la entrada en vigor de este decreto para que nadie pierda las ayudas.

Así, “excepcionalmente”, podrán ser tramitadas aquellas solicitudes que hubieran sido presentadas fuera de plazo o se presenten a partir de ahora siempre que las obras, aun estando iniciadas, no hayan finalizado cuando entre en vigor el decreto.

Los 6.060.000 euros que el Gobierno destinará a estas ayudas a la rehabilitación de edificios y viviendas supone un millón más que la anterior partida, que era de unos 5 millones.

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