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La Audiencia Nacional declara el ERTE de Sidenor ajustado a derecho

EUROPA PRESS

BILBAO —

La empresa ha indicado que la sentencia, dictada por tres magistrados, concluye de forma unánime con la desestimación de “todas y cada una” de las pretensiones articuladas en las tres demandas interpuestas por los sindicatos LAB, ELA y ESK.

En concreto, se declara el ERTE ajustado a derecho al concurrir la existencia de “causas económicas, organizativas y productivas”. Asimismo, según ha apuntado, se considera que la negociación del PAL, el Plan de Adaptación Laboral, que se llevó a cabo paralela al ERTE, “no implica ni fraude de ley, ni abuso de derecho, ni vulnera el derecho a la negociación colectiva”. Sidenor ha precisado que la asunción de este Plan supone “determinadas mejoras” en las prestaciones por desempleo generadas por el ERTE (75%-90% complemento).

Sidenor, que ha señalado que la sentencia precisa que tampoco se aprecian “defectos formales durante la negociación”, ha asegurado que la resolución concluye que está “justificado el acuerdo impugnado, absolviendo a los demandados de las pretensiones contenidas en las demandas”.

El grupo ha asegurado que se ha visto en la obligación de negociar y acordar el ERTE para todos sus empleados como consecuencia de la situación económica y, en especial, del “exceso de capacidad productiva” que acontecerá en los distintos centros de trabajo, al menos, durante los años 2017 y 2018.

El ERTE es una de las medidas enmarcadas en el Plan de Adaptación Laboral (PAL) que la empresa propuso a los sindicatos durante los meses de diciembre y enero pasados con el objetivo de disponer de “mecanismos de flexibilidad que permitan tomar decisiones de forma ágil, organizada y acorde a las necesidades productivas, sin recurrir a decisiones traumáticas”.

Estas medidas, junto con las nuevas inversiones anunciadas, permitirán, según ha apuntado, “recuperar la senda de la competitividad que garantice el futuro de la compañía y por tanto de los puestos de trabajo”.

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