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La Audiencia Nacional condena a 6 años de cárcel a siete miembros de Segi y absuelve a otros nueve

EUROPA PRESS

MADRID —

La sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, considera culpables a Marina Sagastizabal Emilio-Yus, Ainhoa Villaverde Barrutiabengoa, Aiala Zaldivar Alvarado, Bergoi Madernaz del Pozo, Igarki Robles Martínez del Campo, Xabat Moran e Ibon Esteban Scaloni de un delito de integración en organización terrorista.

Por su parte, absuelve a Julen Joseba Zuaznabar Abendaño, Ruben Villa Esnaola, Xavier Vidaurre Sanz, Garazi Autor Puedo, Oihana Lopez Cestao, Xavier Arina Echarte, Ander Maeztu Arteaga, Eneko Villegas Amezqueta e Imanol Salina Ijurko del delito de pertenencia a banda terrorista que se les atribuía.

Los magistrados han exonerado también a Izaskun Juárez Goñi, Egoi Irisarri, Endika Pérez, Imanol Beristain, Ikoitz Arrese, Iratí Tobar, Saioa Zubiaur, Ainara Ladrón Urbieta, Aitziber Plazaola, Beñat Lizeaga, Jacint Ramírez Cruz, Xalbador Ramírez Cruz, a quienes la Fiscalía retiró la acusación al finalizar el 'macrojuicio' celebrado entre los meses de septiembre y diciembre.

DIRECTRICES Y ACTIVIDADES DE SEGI

El tribunal considera probado que Sagastizabal, Villaverde, Zaldivar y Madernaz participaban en asambleas en el barrio vitoriano de Judizmendi en las que transmitían “las directrices” de SEGI y “las actividades a realizar para seguirlas, tales como la colocación de carteles relativos a dicha organización o la ejecución de pintadas”.

Robles, por su parte, “conociendo el carácter terrorista” de la organización, era “responsable” de SEGI en el barrio de Aranbikarra mientras que Moran Ruiz era el cabecilla de la organización en Bilbao, donde preparó varios conciertos, y Esteban Escaloni en el barrio pamplonés de Rotxapera. A este último se le incautó un manual para fabricar cócteles molotov.

Los magistrados Ángela Murillo, Carmen Paloma González y Juan Francisco Martel han destacado la “militancia activa” en la organización satélite de ETA de los siete condenados y han tenido en cuenta los efectos intervenidos en sus domicilios, así como las declaraciones autoinculpatorias e incriminatorias de otros acusados que fueron ratificadas en fase de instrucción en el juzgado.

En cuanto a las denuncias de malos tratos expuestas durante el juicio por los acusados, los magistrados afirman que no se han acreditado “en lo más mínimo”, no han aportado partes de lesiones ni ha prosperado una sola de ellas en los tribunales.

Destacan por ser especialmente “significativa” la actitud de los procesados en el juicio cuando oían o veían a los policías a los que acusaron de torturas. “Desde luego tal actitud no arrojaba precisamente síntomas de estrés, de depresión, de angustia vital referidos por los peritos particulares en las entrevistas que con ellos mantuvieron pocos meses antes y transcurridos más de tres años de los hechos”, añaden.

La Audiencia Nacional absolvió el pasado mes de junio a 40 personas acusadas de pertenecer a la “rama juvenil de ETA”, al considerar que los acusados no estaban vinculados con esta organización sino con la Plataforma Gazte Independentistak, desvinculada de la violencia callejera.

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