Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.
Noticia de agencia

Noticia servida automáticamente por la Agencia Europa Press

Esta información es un teletipo de la Agencia Europa Press y se publica en nuestra web de manera automática como parte del servicio que nos ofrece esta agencia de noticias. No ha sido editado ni titulado por un periodista de eldiario.es.

Fiscal mantiene la petición de 15 años de cárcel para el acusado del crimen de Deusto por asesinato con alevosía

Fiscal mantiene la petición de 15 años de cárcel para el acusado del crimen de Deusto por asesinato con alevosía

EUROPA PRESS

BILBAO —

El Ministerio Fiscal mantiene la solicitud de 15 años de prisión por asesinato con alevosía contra Rafael T.M., acusado de acuchillar hasta la muerte a su vecina, María Mireia S.M., en el barrio de Deusto, en Bilbao, el 25 de mayo de 2012. Además, añade la alternativa de delito de homicidio con agravante de abuso de superioridad y la concurrencia de eximente incompleta del alteración psíquica, por lo que solicita 10 años de cárcel y 15 de internamiento para tratamiento psiquiátrico.

Por su parte, la acusación particular, ejercida por el abogado Javier Beramendi, mantiene su petición de 25 años de prisión por un delito de asesinato con la concurrencia de la alevosía y el ensañamiento, mientras que la defensa del acusado pide la libre absolución y el ingreso de Rafael T.M. para someterse a tratamiento psiquiátrico durante 10 años.

La Sección Segunda de la Audiencia provincial de Bizkaia ha acogido este viernes la sexta sesión del juicio con jurado por la muerte de María Mireia, en la bilbaína calle Ramón y Cajal, en Deusto, en la que las partes han presentado sus conclusiones.

La Fiscalía ha mantenido que Rafael T.M. se encontraba en su domicilio, sito en el primer piso del número 42 de la calle Ramón y Cajal de Bilbao, a las 14.20 horas, cuando “escuchó cómo su vecina de arriba, María Mireia Sierra Martínez, abandonaba su domicilio con la intención de pasar fuera el fin de semana”.

Según recogen las conclusiones del Ministerio Fiscal, el acusado “cogió un cuchillo de cocina que ocultó entre su ropa y salió al encuentro de María Mireia, que portaba una maleta pequeña con ruedas, la siguió por las escaleras del inmueble a la calle, diciéndole que quería hablar con ella, y se inició una discusión”.

“Una vez en el exterior del inmueble, como María Mireia se quería marchar, el acusado la agarró fuertemente con las dos manos por la zona de los hombros, estando ambos de frente y tratando de zafarse María M0ireia”, ha continuado la fiscal.

En ese momento, “el acusado, de forma sorpresiva y sin que la víctima se percibiera de ello, sacó el cuchillo que portaba y con la intención de acabar con la vida de la mujer, comenzó a clavárselo en el cuerpo”, ha continuado.

Asimismo, ha explicado que la víctima se encontraba, “como consecuencia de la acción del acusado, entre éste y un vehículo estacionado que quedaba a su espalda, por lo que se desplazó lateralmente, mientras el acusado continuaba agrediéndola con el cuchillo, hasta llegar al hueco existente entre el citado vehículo y los contenedores de residuos contiguos”.

Según el escrito de conclusiones del Ministerio Fiscal, “allí cayó al suelo como consecuencia de las acometidas del acusado, quedando tendida encajonada entre el vehículo y el contenedor”, lo que “aprovechó el acusado para colocarse sobre María Mireia, que quedó totalmente indefensa, y continuar clavándole el cuchillo”.

52 CUCHILLADAS

La fiscal ha indicado que el acusado “propinó un total de 52 cuchilladas a María Mireia en cara, cuello, tórax, abdomen, brazos, manos y pierna izquierda, al tiempo que le decía 'muérete, muérete'”. La víctima falleció por “shock hipovolémico”.

En sus conclusiones, el Ministerio Fiscal señala que el acusado “actuó con conciencia de que María Mireia no portaba ningún tipo de arma y no podría repeler su ataque en igualdad de condiciones”.

Tras señalar que el acusado “sufre esquizofrenia paranoide, enfermedad mental que disminuyó, sin anularlas, sus capacidades, y por ello, resulta imprescindible su tratamiento y control médico psiquiátrico”, la fiscal cree, como ya hizo en su escrito inicial, que los hechos constituyen un delito de asesinato con alevosía previsto en el artículo 131.1 del Código Penal y, alternativamente, considera que constituyen un delito de homicidio establecido en el artículo 138 del Código Penal.

Por el asesinato con alevosía, con la concurrencia de circunstancia eximente incompleta de alteración psíquica, la Fiscalía mantiene la petición de pena inicial de 15 años, mientras que, para la calificación alternativa de los hechos de homicidio, con la circunstancia eximente incompleta de alteración psíquica y la circunstancia modificativa agravante de abuso de superioridad, solicita la pena de diez años menos un día de prisión, con inhabilitación por el derecho de sufragio pasivo durante el mismo tiempo, y la medida de seguridad privativa de libertad de internamiento para tratamiento psiquiátrico por 15 años.

A ello, la fiscal añade la medida de libertad vigilada de cumplimiento posterior a la pena o medida de seguridad privativa de libertad de cinco años, consistente en seguimiento médico externo o control médico periódico, además de mantener la petición de responsabilidad civil de 75.000 euros a abonar a los familiares de la fallecida, que se realizaba en un inicio.

ACUSACIÓN PARTICULAR

Por su parte, la acusación particular, ejercida por el abogado Javier Beramendi, recoge en sus conclusiones que el acusado “decidió salir tras María Mireia y, con claro ánimo de acabar con su vida, cogió antes de salir de su domicilio, un cuchillo de nueve centímetros de hoja con un solo filo y terminado en punta, que ocultó entre su ropa”.

La acusación, en el relato de los hechos, ha señalado que Rafael T.M., “estando María Mireia en el suelo, se colocó a horcajadas sobre ella, y con el ánimo de acabar con su vida, sin riesgo alguno para él así como de aumentar deliberadamente el sufrimiento de Mireia, procedió a apuñalarla en múltiples ocasiones, causándole heridas punzantes en diversas zonas de su cuerpo, hasta un total de 52, de las cuales 15 afectaron a órganos vitales”.

Beramendi ha destacado que el acusado, “mientras apuñalaba a Mireia, meneaba su cabeza de un lado a otro al objeto de facilitar el apuñalamiento en el cuello, utilizando durante el ataque expresiones como '¿esto es lo que querías?', 'muérete ya', 'vas a morir', 'muere, muere'”.

Según la acusación particular, “dado lo sorpresivo e inesperado del ataque, así como por la inmovilización a la que fue sometida, Mireia no pudo ejercer defensa activa alguna para impedirlo”. Asimismo, ha recordado que “todas las lesiones causadas por el cuchillo se produjeron estando Mireia viva, lo que aumentó su sufrimiento, falleciendo pocos minutos después en el lugar de los hechos como consecuencia de la perdida masiva de sangre, que le ocasionó un shock hipovolémico”.

“Tras cometer los hechos, y una vez que Mireia quedó inmovil, Rafael se dirigió tranquilamente a su casa, donde procedió a lavar el cuchillo, siendo detenido momentos después por agentes de la Policía”, ha indicado, para añadir que el acusado “tiene un diagnóstico de posible esquizofrenia paranoide, si bien, en el momento de los hechos, no tenía afectadas sus capacidades cognitivas”.

Para la acusación particular, los hechos ocurridos el 25 de mayo de 2012 son constitutivos de un delito de asesinato, con la concurrencia de la alevosía y el ensañamiento, y, por ello, solicita que se le imponga al acusado 25 años de prisión y una accesoria de inhabilitación absoluta durante el tiempo de condena. Asimismo, pide una indemnización de 250.000 euros para los padres de la víctima y 40.000 euros para los hermanos.

Por último, la abogada defensora mantiene que su defendido sufre esquizofrenia paranoide, “enfermedad mental que anuló sus capacidades cognitivas”“ y, por ello, considera ”imprescindible“ su tratamiento y control medico psiquiátrico. Para la defensa, los hechos constituyen un delito de homicidio, con la circunstancia eximente completa de alteración psíquica, por lo que solicita la libre absolución de Rafael T.M. y su internamiento para tratamiento psiquiátrico durante 10 años, además del pago de 75.000 euros en concepto de reparación del daño causado.

Etiquetas
stats