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El Gobierno retoma el límite de 44 años de diferencia para adoptar

Eduardo Azumendi

El Gobierno vasco pretende establecer que la diferencia máxima de edad entre los padres dispuestos a adoptar y los niños sea de 44 años. De esta forma, dejaría sin efecto el decreto aprobado por el anterior Gobierno, que eliminaba este requisito de la edad por entender que suponía un requisito excluyente, una discriminación y una exclusión preventiva. La nueva modificación, auspiciada desde las diputaciones (son las competentes en materia de adopoción) supondrá volver a una normativa que, por ejemplo, prohíbe a una pareja de 45 años adoptar un bebé.

El Consejo Económico y Social Vasco (CES), órgano consultivo del Gobierno, ha rechazado esta modificación en el dictamen que ha trasladado al Departamento de Empleo y Políticas Sociales. El CES considera más “pertinente” mantener la redacción actual del decreto. Los antecedentes legales de esta cuestión se remontan a la Ley de Atención y Protección a la Infancia y la Adolescencia, de 2005, que regula los aspectos administrativos de la adopción. La ley establece un límite cronológico para la adopción: 44 años como diferencia máxima de edad entre personas adoptantes y adoptadas. Sin embargo, una posterior modificación del decreto realizada por el anterior Ejecutivo socialista suprimió este límite y dejó que fuera el equipo técnico de las diputaciones forales el que valorara cada caso. Ahora se plantea una segunda modificación que propone recuperar, como regla general, la diferencia máxima de edad de 44 años entre las personas adoptantes y adoptadas.

El CES argumenta que el nuevo cambio no tiene en cuenta los cambios jurídicos y sociales producidos en materia de adopción y la entrada en vigor en España del Convenio Europeo en materia de acción de menores”. Además, le llama la atención y no termina de comprender “por qué la regla mencionada sobre la diferencia de los 44 años se flexibiliza para el supuesto de que la o las personas adoptantes muestren disposición para adoptar menores con necesidades especiales, en cuyo caso, la diferencia podrá ser superior a criterio del equipo técnico de la diputación foral”. En este sentido, el dictamen del CES indica que “no comprendemos por qué no se considera adecuada una diferencia de más de 44 años, para a continuación considerarla adecuada en el caso de adopciones de menores con necesidades especiales, donde la capacitación para ser adoptante se supone que debe ser mayor”.

El Ejecutivo de Patxi López eliminó el requisito de la edad porque “las personas con más madurez tienen unas mejores condiciones de tipo económico y de estabilidad emocional para poder adoptar” y dejó que fueran los profesionales los que determinarán si una familia es excesivamente mayor para adoptar a un niño, independientemente de la edad.

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