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La Juez lo sobresee al considerar que no existen “indicios de consistencia” para procesar a Sancristóbal

EUROPA PRESS

BILBAO —

La titular del Juzgado de Instrucción número 1 de Bilbao, Ana Isabel Gasca López, ha decretado el sobreseimiento provisional del 'caso Brouard', al considerar que no existen “indicios de cierta consistencia” para procesar, de nuevo, al que fuera director general de la Seguridad del Estado, Julián Sancristóbal, por su presunta implicación en el asesinato del exdirigente de HB santiago Brouard, cometido en su consulta de pediatría el 20 de noviembre de 1984.

En un auto, al que ha tenido acceso Europa Press, la magistrada recuerda que reabrió el caso por presentación en el Juzgado de la transcripción de unas grabaciones realizadas por el expolicía José Amedo sobre las conversaciones que mantuvo con el exempresario granadino Luis Morcillo Pinillos, en las que éste aseguraba que había sido al autor material del crimen, que habría sido “encargado” por el exteniente coronel de la Guardia Civil, Rafael Masa, y “organizado” por San Cristóbal.

La juez pone en duda el testimonio de Morcillo Pinillos -que, posteriormente testificó mediante videoconferencia- incluso en lo que se refiere a la confesión de su “implicación material” en el atentado. En este sentido, recuerda que éste fue absuelto en el juicio que se celebró en 2003.

Además, señala que su relato fue rechazado en cada uno de sus términos por Rafael Masa, que también fue citado como testigo en la instrucción, y que, según Morcillo Pinillos, al ordenarle la comisión del crimen, le aseguró que detrás estaba el exdirector general de la Seguridad del Estado.

Ana Isabel Gasca afirma que Amedo, al realizar las grabaciones, de las que presuntamente era conocedor el propio Morcillo y que no han supuesto “innovación esencial” respecto a lo ya conocido con anterioridad, ha tratado de obtener “un lucro”, y destaca que las preguntas que hace al exempresario granadino estaban “claramente dirigidas”.

RECHAZO EL CAREO

La magistrada ha rechazado que se celebre un careo entre Rafael Masa y Luis Morcillo Pinillos, tras haber realizado declaraciones totalmente contradictorias cuando les citó a declarar, prueba que había reclamado el abogado de la acusación particular, Txema Montero.

La pretensión del letrado era proceder, tras el careo, contra uno de ellos “por falso testimonio” ya que, al ser citados como testigos --ya que habían sido absueltos en 2003 por estos hechos-- tienen la obligación de decir la verdad.

La juez instructora también ha denegado, además de la práctica de otras diligencias pedidas por la representación legal de la familia Brouard, la solicitud para que prestara declaración Rafael López Ocaña, que fue condenado en 1993 a 33 años de cárcel por el asesinato del exdirigente de HB.

En 2005, tras la celebración en Bilbao de dos juicios sobre el caso, López Ocaña admitió, en una entrevista concedida a una televisión, lo que negó durante años, que había cometido el crimen de Brouard y que lo había perpetrado junto a Morcillo Pinillos. En la entrevista, dio detalles del atentado y aseguró que el supuesto inductor había sido Masa y que Julián Sancristóbal lo financió, según lo que le había trasladado Morcillo.

A juicio de la juez, ninguna de estas pruebas reclamadas por la acusación “cuenta con virtualidad para proporcionar indicios de interés para justificar un nuevo procesamiento”. En este sentido, apunta que “una diligencia de careo no contaría con utilidad para ello ante la ausencia de otros indicios objetivables”.

“TESTIGO DE REFERENCIA”

Asimismo, destaca que Luis Morcillo Pinillos es “básicamente un testigo de referencia” y su “referencia es, precisamente, el señor Masa, que niega, sin más, lo que aquél afirma”. De esta forma, subraya que “la obtención de indicios racionales de criminalidad en relación con hechos concretos no puede fundarse en meras manifestaciones, sean testificales o careos, que han ido fluctuando, como en el caso de Morcillo, a lo largo de los años”.

Ana Isabel Gasca incide en que tampoco “una entrevista televisada, de la que no se expresa por la acusación que aluda a la participación en los hechos del señor Sancristóbal, o la declaración testifical” de Rafael López Ocaña, “es útil para aclarar tal extremo”, puesto que, en su opinión, sólo podría llevar a “cuestionar o no la credibilidad” de Rafael Masa, “sin demasiado mayor alcance”.

En esta línea, entiende que, el hecho de que se llegara a “mermar la credibilidad” del exteniente coronel de la Guardia Civil, no determinaría “automáticamente que puedan valorarse indicios racionales de que todo lo afirmado por el señor Morcillo es cierto”.

SOBRESEIMIENTO

La juez instructora insiste en que “no se infieren indicios suficientes para proseguir” con la investigación de las diligencias que ha practicado --testificación de Luis Morcillo y Rafael Masa--, .

En este sentido, recuerda que la reapertura del caso se produjo a partir de la aportación por José Amedo “de la transcripción de distintas conversaciones que afirma haber mantenido” con Luis Morcillo Pinillos, en las que se confiesa coautor del asesinato de Santiago Brouard, delito por el que fue “procesado, acusado y absuelto”.

Además, destaca que, de las entrevistas realizadas por Amedo, “parece inferirse la implicación” en los hechos de Masa y Julián Sancristóbal, aunque señala que estas “implicaciones” que contienen las grabaciones, aparecen “claramente dirigidas” por el expolicía, “con preguntas que sólo admiten una respuesta afirmativa o negativa”.

Asimismo, apunta que también se deduce que Morcillo Pinillos “nunca” tuvo “trato directo” con Sancristóbal, “salvo una visita que tuvo lugar en 1983 en un centro penitenciario en el que se hallaba ingresado Morcillo, donde se refiere que se le ofreció participar en una empresa relacionada con una cafetería --la de Albia-- de Bilbao, y donde sostiene que se le entregaron 50.000 euros y un callejero” de la capital vizcaína.

“En ningún momento se indica en las grabaciones que el señor Sancristóbal le diera indicación alguna respecto al asesinato, al referir claramente que él, en todo momento, se comunicaba al respecto con el señor Rafael Masa”, subraya.

En esta línea, manifiesta que el exempresario granadino “parece afirmar” que el exteniente de la Guardia Civil “actuaba por orden” del que fuera director de la Seguridad del Estado, pero no proporciona “dato concreto u objetivable alguno al respecto para alcanzar esta conclusión”.

Tras apuntar que la declaración de Luis Morcillo Pinillos ante ella “no incorpora elementos que supongan una innovación esencial respecto a tales grabaciones, pues en las mismas ya se confesó autor material del crimen”, indica que, aunque “no existen especiales elementos para cuestionar tal extremo, los datos que proporcionó” sobre el crimen eran accesibles para él, ya que estuvo en el juicio “en el que fue parte y resultó absuelto”.

Gasca afirma que, de hecho, existen contradicciones entre lo que mantuvo en las conversaciones con José Amedo y lo que dijo, posteriormente, en su testificación en sede judicial.

OTRAS DILIGENCIAS

En otro auto, la magistrada también deniega a Txema Montero la práctica de otras pruebas, como la testificación en el Juzgado de un funcionario de prisiones que trabajaba en la cárcel de Carabanchel en 1983, cuando Luis Morcillo cumplía condena por un cheque sin fondos, y supuestamente, recibió la visita de Rafael Masa y Julián Sancristóbal para “reclutarle”.

La intención del abogado era que este funcionario verificara si se produjo este encuentro, que la juez recuerda que fue negado por Masa. Por último, rechaza que testifique un hijo del exteniente de la Guardia Civil y considera “innecesario” cotejar si las grabaciones entregadas por Amedo se corresponden con las voces del expolicía y Morcillo.

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