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El Supremo ratifica la multa a Kutxa por actuar como un cartel

Alberto Uriona

Bilbao —

Kutxa también tendrá que pagar una multa de 3,5 millones por no competir deliberadamente con las otras cajas vascas, BBK y Vital, y Caja Navarra en los territorios que operaban. El Tribunal Supremo, en un fallo ya firme, ha ratificado el fallo que emitió la Audiencia Nacional en 2009 por incumplir la Ley de Defensa de la Competencia. Así los tribunales tumban definitivamente el pacto de no agresión existente entre las cajas vascas para que cada una preservara su negocio en su territorio.

En abril y junio el Supremo emitió sendos fallos también firmes contra la Vital y la BBK, con la imposición de multas de dos y 3,5 millones respectivamente. Pese a que el expediente de la Comisión Nacional de Competencia (el órgano que vela para que se cumplan los principios de competencia) e inició en 2005, se resuelve definitivamente ahora cuando además no tiene efectos prácticos tras la fusión acometida el pasado año por las tres vascas en Kutxabank. El fallo es así más un varapalo moral.

En el caso de la última sentencia de Kutxa, dictada el pasado día 6, los argumentos del Supremo son idénticos que en la Vital y la BBK. Hubo una infracción continuada de la Ley de Competencia y dicho incumplimiento no había prescrito cuando se inició el expediente. El Supremo califica de “hechos plenamente acreditados” que hubo un acuerdo de reparto de mercado por el que cada caja se abstenía de entrar en el territorio de las otras, evitando la competencia entre ellas. “Aunque buena parte de las nuevas sucursales se establecieron en las provincias limítrofes o cercanas (Cantabria, Burgos, La Rioja, Zaragoza), ninguna de las cajas de ahorros citadas abrió, en los 15 años contemplados, una sola sucursal en las provincias o comunidad donde las demás cajas de ahorros tienen su sede”, señala la sentencia.

Se basa en las actas de las reuniones que celebraban dentro de la Federación de Cajas de Ahorros Vasco-Navarras, “en las que se recogen expresiones… que llaman respetar al máximo el principio de respeto a los territorios históricos en los que cada Entidad debe ejercer su actividad, a no romper el principio de status quo básico fijado en la Federación, captando clientes de otras entidades, evitando así la competencia entre ellas, resuelven compartir decisiones en materia de expansión, tanto en la forma tradicional de apertura de nuevas oficinas como en las formas actuales relacionadas con sociedades filiales especializadas (valores, seguros), y otros acuerdos similares”.

Los jueces aportan los datos de la expansión. Así, Kutxa tenía en 2005,“fecha de inicio del expediente sancionador, 211 sucursales, de ellas 128 en Guipúzcoa y 83 en el resto de España, si bien de estas 83 últimas, ninguna se encontraba en los territorios de Navarra y Vizcaya y tan sólo una en Álava” . La sentencia considera acreditado igualmente el acuerdo de fijación de precios, tanto en crédito a promotores como en relación con una campaña de ahorro.

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