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Abierto el plazo de consulta pública previo a la elaboración del proyecto de Ley Foral de Transparencia

EUROPA PRESS

PAMPLONA —

El texto estará disponible hasta el 27 de septiembre con el fin de que los potenciales destinatarios de la norma y la ciudadanía en general tengan la posibilidad de participar y realizar aportaciones, según ha informado el Gobierno foral en una nota.

La nueva ley se enmarca en el Plan Anual Normativo para 2017, y surge para “solucionar una serie de problemas presentes en la vigente Ley Foral 11/2012, de 21 de junio, de la Transparencia y del Gobierno Abierto”. Entre ellos, ha indicado el Ejecutivo: “el limitado ámbito subjetivo de aplicación de la misma; la existencia de obstáculos y trabas que dificultan a la ciudadanía su derecho de acceso a la información pública; la consideración secundaria de la posición de la ciudadanía en el actual sistema político-administrativo frente a la de la Administración Pública; la falta de herramientas e instrumentos que garanticen la efectiva gestión transparente de los poderes públicos; o la opacidad en la existencia e intervención de distintos agentes influyentes en los procesos de decisión política”.

Asimismo, nace para “dar respuesta al compromiso recogido en el Acuerdo Programático 2015-2019, de revisar los contenidos y el nivel de implantación de la vigente ley de transparencia, y de promover las modificaciones legales necesarias para tener una norma específica basada en el principio de que la propiedad de la información y de los datos públicos reside en la ciudadanía y en la obligación de la Administración de suministrarlos”.

LA CIUDADANÍA, EN EL CENTRO DE LA NORMA

Según recoge el documento, uno de los objetivos principales de la ley es “situar a la ciudadanía en el núcleo y centro del sistema democrático”. Para ello, la futura norma pretende la eliminación de barreras y obstáculos para hacer efectivo el derecho de acceso a la información pública que obra en poder de las administraciones públicas.

Además, ha señalado el Gobierno, procurará garantizar la mayor implicación de la ciudadanía en la planificación, diseño, desarrollo y evaluación de las políticas públicas; y ampliar las obligaciones de publicidad activa en asuntos relacionados con la estructura de la organización de la administración, la Oferta Pública de Empleo, las listas de formación, promoción y de selección de personal temporal, el catálogo de servicios o las listas de espera para el acceso a los servicios públicos de sanidad, derechos sociales, vivienda o educación.

En segundo lugar, “la norma configura la transparencia como valor que debe impregnar toda la actividad y organización de los sujetos obligados, y posibilitar a la ciudadanía, desde el conocimiento, el control de la gestión de lo público y su participación corresponsable en el diseño, elaboración, aprobación, ejecución y evaluación de las decisiones públicas”.

En tercer lugar, según se indica en el texto sometido a consulta pública, la norma deberá extender el ámbito de aplicación de la ley más allá de la Administración de la Comunidad foral de Navarra, alcanzando a todas las entidades, tanto públicas como privadas, así como a las entidades privadas que se financian con fondos públicos y a aquellas que participan en la gestión de los servicios públicos financiados con fondos públicos, con el fin de que “la ciudadanía mantenga su derecho a conocer y acceder a la información pública derivada de estas actuaciones”.

Otro de los objetivos recogidos es “la eliminación de los espacios de opacidad que alcanza a los distintos agentes que influyen en los procesos de toma de decisión política: organizaciones y personas, sea cual sea el estatuto jurídico, que desarrollando sus actividades en Navarra, se dediquen profesionalmente, como todo o en parte de su actividad, a influir directa o indirectamente en los procesos de elaboración de las políticas o disposiciones normativas”.

Por otro lado, la norma, añade, “asegurará que el ejercicio del gobierno se realice con sujeción a principios éticos y en garantía del servicio público”. Así, la actuación de los miembros del Gobierno de Navarra y de los altos cargos de la Administración Pública deberá estar presidida por el interés general y la transparencia en su gestión, siendo incompatible con la presunta comisión de los delitos de corrupción. En este sentido, otro de los objetivos tiene que ver con el establecimiento de un régimen de infracciones y sanciones, en función de los sujetos responsables y de las diferentes obligaciones que a cada uno correspondan.

Finalmente, la norma deberá regular la naturaleza, composición y funciones del órgano independiente responsable de velar por el cumplimiento de las obligaciones de publicidad activa y garantizar el derecho de acceso a la información pública.

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