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El Gobierno central interpondrá recurso de inconstitucionalidad contra la ley foral de Policías

EUROPA PRESS

PAMPLONA —

Este recurso se interpone al no haberse llegado a un acuerdo en el proceso negociador en la Comisión Bilateral correspondiente y se toma de acuerdo con el dictamen del Consejo de Estado, según ha informado el Ejecutivo central.

Asimismo, se solicita del Tribunal Constitucional la suspensión de la disposición impugnada, al amparo del artículo 161.2 de la Constitución.

La ley foral de 2007 de las Policías de Navarra regula de manera conjunta la Policía Foral, dependiente del Gobierno de Navarra, y los Cuerpos de Policía dependientes de las entidades locales, bajo la común denominación de Policías de Navarra.

Entre los aspectos impugnados ante el Tribunal Constitucional, el Gobierno central señala que, “en materia de relaciones entre policías, la obligación de las policías locales de suministrar toda la información policial de su municipio a la Policía Foral niega a la Policía Local la posibilidad de relacionarse directamente con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad dependientes del Gobierno de la Nación”. A juicio del Ejecutivo central, la ley foral “elude, por tanto, las competencias correspondientes al Estado y a los municipios, así como las atribuciones de la Junta de Seguridad y de las juntas locales de seguridad”.

Asimismo, se impugna en el recurso “la dispensa de titulación en promoción interna, aplicable a la Administración Local, que vulnera la competencia exclusiva del Estado para dictar las bases en materia de régimen estatutario de los funcionarios públicos”.

En tercer lugar, el Estado entiende que “el régimen sancionador de los cuerpos de policía vulnera la ley de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado”.

Finalmente, el recurso del Gobierno considera que “la integración automática de auxiliares de policía en cuerpos de policía local, donde se configuran como un turno restringido, es contraria a la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, que ha rechazado esta práctica por resultar contraria a los principios de igualdad, mérito y capacidad, elementos estructurantes del modelo de régimen estatutario existente en España”.

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