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Navarra y el País Vasco formalizarán el nuevo protocolo general de colaboración el próximo 10 de mayo

Navarra y el País Vasco formalizarán el nuevo protocolo general de colaboración el próximo 10 de mayo

EUROPA PRESS

PAMPLONA —

El protocolo, que fue aprobado el martes por el Gobierno vasco, será firmado por los presidentes Uxue Barkos e Iñigo Urkullu, el próximo 10 de mayo en Vitoria.

Se trata de un nuevo texto que amplía y actualiza el acuerdo suscrito entre ambas comunidades el 3 de julio de 2009, circunscrito al tren de alta velocidad, la captación de ETB y el fomento del euskera.

La presidenta de Navarra, Uxue Barkos, ha valorado en rueda de prensa que este acuerdo “provoca satisfacción, sobre todo en la búsqueda de la normalización de las relaciones” entre ambas comunidades y ha dicho que es un convenio que tiene “el mismo rango” que los acuerdos que actualmente tiene suscritos Navarra con Aragón y La Rioja.

La jefa del Ejecutivo foral ha incidido en que este convenio con Euskadi “viene a paliar una deficiencia que durante demasiados años se había prolongado”.

Según se indica en el texto aprobado por el Ejecutivo foral, Navarra y la Comunidad Autónoma del País Vasco mantienen una especial relación que se caracteriza por una afinidad histórica, cultural, lingüística, turística y sociocultural y comparten una larga tradición de colaboración, “que permiten establecer vínculos que mejoren la coordinación de actuaciones de sus administraciones”.

En este sentido, se recuerda que la colaboración interautonómica se encuentra implícita dentro de Estado de las Autonomías y resulta cada vez más necesaria dada la diversidad de asuntos que deben abordar las CCAA y el contexto europeo en el que se desenvuelven.

Por ello, considera que esta colaboración “contribuirá a satisfacer los intereses comunes de las dos comunidades en términos de racionalidad, simplicidad, transparencia y economía de medios, lo que ayudará a mejorar la calidad de la gestión y prestación de los servicios propios de ambas”.

18 ÁMBITOS DE ACTUACIÓN

El acuerdo de colaboración, aunque de carácter general, detalla acciones previstas en dieciocho áreas específicas. En el ámbito social, se concretan actuaciones en los siguientes apartados: servicios sociales, igualdad y violencia contra las mujeres, salud y consumo, juventud y deporte, educación y cultura, política lingüística; paz, convivencia y derechos humanos, así como protección civil y seguridad pública.

En el área económica, se definen acciones en materia de estrategia de especialización inteligente y factores de desarrollo económico, turismo; medio ambiente, cambio climático y ordenación del territorio; desarrollo agrario y rural, y hacienda y política financiera.

Por su parte, en el ámbito administrativo, se incide en la cooperación en Administración Local, Administración de Justicia, y Función Pública. Mientras, en el campo de las infraestructuras, se detallan actuaciones relativas al transporte y a la comunicación audiovisual, y en el caso de la tecnología a la administración electrónica.

SIETE MODALIDADES DE COLABORACIÓN

El protocolo prevé siete modalidades de colaboración. Por un lado, proyectos compartidos que favorezcan el desarrollo económico, social y cultural de ambas comunidades.

En segundo lugar, se prevén acciones comunes que mejoren la atención a la ciudadanía de ambos territorios, optimicen los recursos existentes y fomenten la coordinación de los medios y dispositivos obrantes en dichos territorios.

También se incluye la ejecución de infraestructuras que mejoren las comunicaciones entre ambas partes y con el resto de Comunidades, así como el desarrollo de tecnologías de información y comunicación que favorezcan el intercambio de información.

Asimismo, está previsto el intercambio de experiencias y la realización de actividades conjuntas de formación para profesionales de ambas comunidades, además del desarrollo de mecanismos que posibiliten el seguimiento de los servicios prestados fuera del ámbito territorial de la respectiva comunidad.

Finalmente, se incluye cualquier otra actuación que persiga mejorar la calidad de la gestión y prestación de los servicios propios de ambas comunidades.

DESARROLLO MEDIANTE CONVENIOS

Las condiciones relativas a la financiación, organización y ejecución de las distintas acciones concretas previstas en el protocolo general se establecerán en los instrumentos específicos (convenios, acuerdos, etc.) que se convengan en cada caso, en los que se determinarán las obligaciones que asume cada una de las partes. Estos instrumentos, una vez formalizados, se incorporarán al protocolo general como anexos.

El seguimiento de lo previsto en el protocolo y en los futuros convenios que se realicen, se llevará a cabo mediante el intercambio de información entre las partes y la elaboración de informes de evaluación y valoración de resultados.

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