Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.
Noticia de agencia

Noticia servida automáticamente por la Agencia Europa Press

Esta información es un teletipo de la Agencia Europa Press y se publica en nuestra web de manera automática como parte del servicio que nos ofrece esta agencia de noticias. No ha sido editado ni titulado por un periodista de eldiario.es.

Regulada la concesión de subvenciones a las organizaciones sindicales para sus actividades ordinarias

EUROPA PRESS

PAMPLONA —

Cabe recordar que los Presupuestos Generales de Navarra vienen contemplando dotaciones presupuestarias específicas para este fin con el objetivo de “crear el marco y las condiciones necesarias para que el ejercicio constitucional del derecho a la libertad sindical sea real y efectivo”. No obstante, en aras del principio de seguridad jurídica, el Departamento de Derecho Económico ha estimado oportuno establecer el régimen de esta subvención y, posteriormente, aprobar la convocatoria correspondiente con periodicidad anual, ha explicado en una nota el Gobierno de Navarra.

En 2017 esta convocatoria de ayudas asciende a los 800.000 euros y se encuentra abierto el plazo de solicitud hasta el 30 de julio. Según la orden foral aprobada por el vicepresidente Ayerdi y publicada recientemente en el Boletín Oficial de Navarra, se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, de modo que la subvención se concederá únicamente a las organizaciones sindicales que la hayan solicitado, en proporción al número de representantes que posean.

Se subvencionarán los gastos del personal contratado por la organización sindical, los generales y de funcionamiento necesarios para la realización de sus funciones propias, y los de asesoría financiera y jurídica, así como aquellos gastos relativos a procedimientos judiciales, siempre que estén estrictamente relacionados con el ejercicio de la actividad sindical.

Estos gastos, que deberán estar facturados entre el 1 de diciembre del año anterior y el 30 de noviembre del año de la convocatoria, no podrán imputarse a otros programas o actividades financiadas por la Administración Foral u otras entidades.

Por su parte, no se subvencionarán los gastos indirectos, cuando sean susceptibles de recuperación o compensación; intereses deudores de las cuentas bancarias; intereses, recargos y sanciones administrativas y penales; gastos financieros, notariales y registrales y periciales; y pagos en metálico superiores al límite previsto legalmente.

La normativa aprobada también regula otras cuestiones como el plazo de presentación de solicitudes, el modo de hacerlo y el compromiso con la igualdad entre hombres y mujeres que deben cumplir las organizaciones sindicales que sean subvencionadas.

Etiquetas
stats