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El juez pide a Adif más informes y no una causa obvia del accidente del Alvia

El juez pide a Adif más informes y no una causa obvia del accidente del Alvia

EFE

Santiago de Compostela —

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Luis Aláez, magistrado titular del juzgado de instrucción número tres de Santiago, ha notificado hoy un auto en el que requiere al Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (Adif) documentación que vaya más allá de “una causa obvia” que explique el accidente del Alvia.

Aláez menciona de este modo, independientemente del “desliz” del maquinista y único imputado Francisco José Garzón Amo, una posible señalización “insuficiente” y la reducción de velocidad “tan drástica” -de 200 a 80 km/h- que rige en la curva de A Grandeira, donde el 24 de julio se produjo el descarrilamiento del Alvia que cubría la ruta Madrid-Ferrol, a la altura del barrio compostelano de Angrois.

El instructor manifiesta su sorpresa por el hecho de que no se haya entrado a examinar la existencia de otra posible “causa ajena o extraña” a este trabajador “pero que pueda estar relacionada de modo directo con su actuación en cabina”, como es la insuficiencia de la advertencia de peligro o la exigencia de medidas más “profundas” de las ordinarias o reglamentarias para prevenir el riesgo del “error humano”.

“No se reprocha por sí mismo -suscribe Aláez- que no se indiquen otras causas del accidente que la conducta del maquinista sino que ni siquiera se considere la posibilidad de las carencias apuntadas o, dicho de otro modo, que no se haya planteado que aquella conducta del maquinista pueda ser consecuencia de la insuficiente señalización y no solo de una llamada de teléfono”.

Apunta, además, que no es “ilógico” pensar que si a pesar de la llamada hubiese otras advertencias del peligro más allá de la señalización del cambio de velocidad en el Libro Horario y Cuadro de Velocidades, la conducta de aquel podía haberse “modificado a tiempo y con ello evitar el descarrilamiento” del convoy.

Esta crítica se hace, asegura el juez, no únicamente porque se reivindique desde instancias judiciales el análisis de estas cuestiones, sino también porque Adif y Renfe tienen “el deber legal” de investigar las causas del siniestro y de colaborar con la Comisión Investigadora de Accidentes Ferroviarios para el esclarecimiento de este episodio.

Sin duda alguna, afirma Aláez, el hecho de que el maquinista se encontrase en una situación “infrecuente” al aproximarse a la curva de A Grandeira y hablar por teléfono con el interventor de a bordo, Antonio Martín Marugán actuó “como factor que precipitó su desliz”, no reducir la velocidad, y condujo a lo sucedido después.

Sin embargo, el hecho de la “insuficiencia de señalización” en la vía de la situación del peligro que conforma la necesidad de rebajar la velocidad es un elemento, dice Aláez, que estaba presente desde la entrada en servicio de esta línea en diciembre de 2011 y “al poder estar involucrado” debió ser analizado por Renfe y Adif.

Ve “más sobresaliente” el “silencio” al respecto si se toma en consideración que “no es novedosa en el sector la cuestión de los riesgos derivados” de las reducciones de velocidad y por ello, vista la falta de opinión técnica en este sentido, la reclama para evaluar “correctamente” el peligro generado por el cambio de velocidad y la probabilidad de error del maquinista “y/o si la decisión correlativa para la seguridad fue o no adecuada”.

El instructor agrega que en este momento rechaza llamar en calidad de testigos a dos personas a las que previamente había citado en calidad de imputados, sin que llegasen a prestar declaración como tal al haber sido desautorizadas esas imputaciones por la Audiencia Provincial “sin descartarlas definitivamente”.

Se trata de Gonzalo Ferre, presidente del gestor ferroviario, y de Andrés María Cortabitarte López, el que fuese responsable de la seguridad en la Circulación, y Luis Aláez deja abierta la posibilidad de un nueva atribución de posible responsabilidad supeditada “al juicio de derivación que pueda hacerse de las opiniones técnicas”.

En este momento, matiza, “no es que no tengan interés para la causa sus declaraciones, sino que se posponen para el momento en que se disponga de elementos suficientes para que su llamada al procedimiento se haga conforme al estatuto procesal más adecuado”.

El juez requiere por ahora a Adif que, a través de su representación procesal, aporte en el plazo de diez días al juzgado las evaluaciones de riesgo e incorpora a la causa los documentos aportados, tanto por el gestor ferroviario como por Renfe, hasta la fecha, en respuesta a autos anteriores.

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