Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.
La portada de mañana
Acceder
El ataque limitado de Israel a Irán rebaja el temor a una guerra total en Oriente Medio
El voto en Euskadi, municipio a municipio, desde 1980
Opinión - Vivir sobre un polvorín. Por Rosa María Artal

La Audiencia Nacional concluye que el PP pudo lucrarse con la trama Gürtel

El juez de la Audiencia Nacional Pablo Ruz.

elDiario.es

La Audiencia Nacional ha confirmado que el PP pudo lucrarse de fondos procedentes de la trama Gürtel. La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha rechazado el recurso presentado por el PP, que solicitó ser parte perjudicada de la trama, y ha avalado la decisión del juez Pablo Ruz de que debe tener condición de “partícipe a título lucrativo”.

La Sección Cuarta de esta Sala ha decidido rechazar el recurso presentado por el PP contra la resolución en la que Ruz le ofrecía participar en el caso como “partícipe a título lucrativo” de la trama corrupta al beneficiarse de los fondos procedentes de los posibles delitos cometidos por el exalcalde de Pozuelo, Jesús Sepúlveda, y el de Majadahonda, Guillermo Ortega.

La investigación apunta a que ambos exdirigentes obtuvieron 236.864 euros para el PP, que no puede figurar como acusado porque la ley lo impide para partidos y sindicatos. En el caso del exmarido de la ministra de Sanidad, Ruz considera que el PP “habría resultado beneficiado de la presunta actividad criminal desplegada por Jesús Sepúlveda en 111.864,32 euros”.

“Existen indicios de que el Partido Popular se benefició de las cuantías que los imputados dedicaron a realizar actividades propias de dicha formación política, la cual tuvo que tener conocimiento de aquellos dispendios, pues repercutió en su propio peculio, de forma que dejó de abonar aquellas sumas que otros pagaron como gastos de las campañas electorales desplegadas en Pozuelo y Majadahonda”, reza el auto emitido este martes.

Ruz aseguró en un auto que la organización se lucró con “fondos indiciariamente procedentes de un delito” y que “debe responder del beneficio obtenido”. Así se pronunció en rechazo al recurso presentado por el PP en contra de la resolución en la que se le ofrecía la personación en la causa como partícipe a título lucrativo de los delitos investigados en la primera época de la trama, entre los años 1999 y 2005.

El auto cita cinco informes policiales que apuntan a que el partido de Mariano Rajoy se benefició de la trama corrupta. Uno de esos escritos de la UDEF señalaba que la relación de la Gürtel con el PP era “simbiótica” en lugar de “parasitaria”

Además, rechaza la argumentación del abogado del PP, que justificó que el Tribunal de Cuentas había fiscalizado todos sus ejercicios contables y explica que este órgano tiene competencias distintas a las de los procedimientos judiciales. “Pretender que el Tribunal de Cuentas sea quien decida, a los efectos penales, la cantidad malversada, y su valoración desde un punto de vista culpabilístico, es tanto como sustraer del Poder Judicial, en este caso representado por la jurisdicción penal, una función que constitucionalmente le viene atribuida”, defiende la Sala de lo Penal.

Etiquetas
stats