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La Audiencia Nacional condena a 37 y 22 años a dos etarras que intentaron establecer base en Portugal

La Audiencia Nacional condena a 37 y 22 años a dos etarras que intentaron establecer base en Portugal

EFE

Madrid —

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La Audiencia Nacional ha condenado a los etarras Garikoitz García Arrieta e Iratxe Yañez Ortiz a 37 y 22 años de cárcel, respectivamente, por intentar establecer en 2010 una base de la banda terrorista en Portugal, mientras que ha absuelto a un tercer acusado de colaborar con el grupo.

Los etarras fueron detenidos en enero de 2010 cuando intentaron introducir en Portugal armas, explosivos y documentos falsos desde Francia en una furgoneta que conducía García Arrieta, a quien le dieron el alto unos agentes de la Guardia Civil en Bermillo de Sayazo (Zamora).

Este etarra, condenado por los delitos de integración en banda terrorista, transporte de armas y explosivos, atentado terrorista con lesiones y robo con violencia, empujó entonces a los agentes dentro de la furgoneta, lo que provocó un esguince a uno de ellos, y se fugó luego en el vehículo del instituto armado.

Al volante del coche de la Guardia Civil, García Arrieta llegó hasta Portugal, donde fue arrestado sobre las nueve de la noche, y en su camino hacia ese país intentó además robar el coche a un hombre al que dio el alto valiéndose del coche policial, pero no lo consiguió.

La condenada, que admitió en el juicio que es miembro de ETA desde hace diez años, apoyó la operación conduciendo un coche lanzadera desde Francia hasta Portugal y fue también detenida nada más llegar al país luso.

Para la sala, la confesión de la acusada y la “conducta” del acusado, así como su “intensa” relación con la banda al acceder al transporte de los explosivos, “sugiere de modo concluyente una vinculación con voluntad de permanencia” en ETA.

La sección tercera afirma en la sentencia que resulta probado que los ahora condenados “estaban a disposición de los designios y fines de la organización terrorista de manera permanente, sometidos a la disciplina y jerarquía militar”.

Apunta que los dos condenados “fueron comisionados para trasladar desde Francia a Portugal armas, municiones, explosivos, componentes para la fabricación de artefactos, placas de matrícula de coches y útiles para su falsificación, para aprovisionar una base de la organización en dicho país, localizada en una vivienda de Óbidos, y ejecutar desde allí atentados”.

La sala condena a García Arrieta a 9 años de cárcel por el delito de integración en organización terrorista, 10 años más por el de terrorismo por depósito de armas y explosivos, 3 años por falsedad en documentos oficiales, 12 años y medio por atentado terrorista con lesiones, y 2 años y medio por robo de vehículo.

Además, le condena a indemnizar con 3.075 euros al guardia civil que resultó lesionado.

A Yáñez Ortiz la condena a 9 años de cárcel por integración en ETA, 10 años por terrorismo por depósito y transporte de armas y 3 años más por falsedad.

Para el tercer acusado, Luis María Cengotitabengoa Fernández, el fiscal pedía 5 años de cárcel por colaborar con ETA porque se encontró su pasaporte en uno de los vehículos, pero la sala lo absuelve ya que no queda acreditado que prestara el documento a la banda.

Ese documento, según la sentencia, lo podría haber cogido su hermano, que cumple condena en Portugal por integración en ETA, en una visita clandestina a la casa familiar, o bien su cuñada.

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