Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.
La portada de mañana
Acceder
La izquierda presiona para que Pedro Sánchez no dimita
Illa ganaría con holgura y el independentismo perdería la mayoría absoluta
Opinión - Sánchez no puede más, nosotros tampoco. Por Pedro Almodóvar
Noticia de agencia

Noticia servida automáticamente por la Agencia Europa Press

Esta información es un teletipo de la Agencia Europa Press y se publica en nuestra web de manera automática como parte del servicio que nos ofrece esta agencia de noticias. No ha sido editado ni titulado por un periodista de eldiario.es.

La Audiencia argumenta las excarcelaciones de Ziganda y Apeztegia en la aplicación del Código Penal más beneficioso

EUROPA PRESS

MADRID —

En el caso de Ziganda Sarratea, condenado a más de 550 años por ocho atentados terroristas en los que asesinó a nueve personas, el Pleno de la Sala de lo Penal acordó ayer con la unanimidad de todos sus miembros su puesta en libertad en aplicación del Código Penal de 1973, la norma vigente en el momento en el que cometió sus delitos.

Este etarra fue detenido en 1989, aunque llegó a ser condenado después de la entrada en vigor del Código Penal de 1995. En concreto, la Audiencia Nacional le condenó el 27 de enero de 1997 a 220 años de cárcel por un atentado cometido en junio de 1987 contra la Casa Cuartel de Eibar (Guipúzcoa), en el que ocho agentes y otros tantos civiles resultaron heridos.

No obstante, el Pleno considera que se le debe aplicar la sentencia del Tribunal Constitucional que en un supuesto idéntico del también terrorista Pedro José Etxeberria Lete le aplicó el Código Penal de 1973 y, por consiguiente, las redenciones deben aplicarse sobre el límite máximo de cumplimiento de 30 años.

SU SALIDA ESTABA PREVISTA PARA 2019

Ziganda se encontraba en la prisión de Jaén en cumplimiento de la denominada 'doctrina Parot' y su libertad definitiva no estaba prevista hasta 2019 habiendo cumplido el límite de 30 años en prisión. Tras la decisión del Pleno de la Sala de lo Penal, el licenciamiento definitivo se ha establecido el 9 de marzo de 2011, es decir, hace dos años, razón por la que ayer quedó en libertad.

José Carlos Apeztegía se encontraba en una situación similar a la de su compañero. Fue detenido en 1992, es decir, antes de la entrada en vigor del Código Penal de 1995. Sin embargo, dos de sus tres condenas le fueron impuestas en virtud de esta norma. Se da la circunstancia de que ninguna de las condenas impuestas a este terrorista supera los 20 años de cárcel y en esos casos el Código Penal de 1995 establece en esa cifra, 20 años, el límite máximo de estancia en prisión.

“A partir de ese dato, es fácil de determinar que la legislación más beneficiosa es el Código Penal de 1995. Según las hojas de cálculo remitidas por el Centro Penitenciario, resulta que el condenado se encuentra ininterrumpidamente en prisión desde el 30 de enero de 1992, luego el plazo de los 20 años, límite máximo, ya ha transcurrido. Procede decretar su libertad por cumplimiento de condena”, dice el auto emitido ayer por la Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional.

INTEGRABA LA RED DE EXTORSIÓN

Este terrorista ya ha abandonado la cárcel gaditana de Puerto II donde habitualmente el Ministerio del Interior recluía a los terroristas más duros. José Carlos Apeztegía Jaca fue condenado por su implicación en la red de extorsión de ETA y cobrar el llamado “impuesto revolucionario” a empresarios vascos. Por estos hechos fue juzgado en 1993 junto con Luis Manuel Idarraga Gorostiaga, Jon Andoni Solagurenbescoa Betelu y el abogado de HB Álvaro Reizabal.

Apeztegía reconoció haber exigido dinero a al menos once empresarios, habiendo cobrado de ellos diversas cantidades. El dinero, en la mayoría de las ocasiones, lo escondía en la sede del sindicato LAB de Rentería.

Ya en la cárcel fue acusado de amenazar de muerte a un funcionario del Centro Penitenciario de Huelva. Por estos hechos fue finalmente absuelto por la Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional en diciembre de 2008 pese a que la Fiscalía pedía dos años más de cárcel. El Ministerio Público le acusó de haber apuntando con el dedo índice y el pulgar extendidos al funcionario en lo que se interpretó como una simulación del disparo de una pistola.

Etiquetas
stats