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La Audiencia suspende la imputación de la infanta Cristina en el caso Nóos

La Audiencia suspende la imputación de la infanta Cristina en el caso Nóos

EFE

Palma —

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La sección segunda de la Audiencia de Palma ha acordado hoy dejar sin efecto la citación de la infanta Cristina para declarar en el caso Nóos y ha suspendido su imputación a la espera de que el juez instructor recabe más información sobre su presunta implicación en un delito contra la Hacienda Pública.

En un auto de 44 páginas dictado hoy, el tribunal estima en parte el recurso de la Fiscalía Anticorrupción, un acuerdo adoptado por los magistrados Diego Gómez-Reino y Mónica de la Serna y con el voto discrepante de Juan Jiménez, que sí es partidario de la imputación.

El tribunal recuerda que la infanta Cristina “sigue siendo investigada” y describe el “buen trabajo jurisdiccional” del juez José Castro durante la instrucción y lo califica de “excepcional y exhaustivo”.

Aunque deja sin efecto la citación de la infanta en relación con la presunta cooperación necesaria o complicidad en los delitos supuestamente cometidos por su marido, Iñaki Urdangarin, y su exsocio Diego Torres en el Instituto Nóos, el tribunal insta al juez instructor a que reclame a este último todos los correos electrónicos que aporten información relevante a la investigación.

Según el tribunal, Torres está obligado a aportar los correos que pretenda utilizar “pero no a su voluntad y cuando caprichosa e interesadamente le venga en gana” y le pide a Castro que le dé un plazo concreto para ello.

La Sala añade que una vez examinados, Castro se debe pronunciar “definitivamente sobre el archivo parcial de la investigación respecto de la infanta” por su participación en las actividades relacionadas con el Instituto Nóos.

Los delitos que se imputan a Urdangarin y Torres son falsedad documental, prevaricación administrativa, malversación de fondos públicos, fraude a la Administración y tráfico de influencias.

La sala concluye al respecto que de los catorce indicios que apuntó Castro para imputar a la infanta no se extrae “una conclusión fáctica comprensible y concreta de cuál es exactamente la conducta de colaboración principal o secundaria”, ni se sabe si ésta fue activa o por omisión.

Que fuera vocal del Instituto Nóos y apareciera en un folleto de la entidad es un “mero acompañamiento impune” sin transcendencia penal, en opinión de la sala, y las contrataciones con las administraciones públicas se hicieron “al margen de cualquier intervención de la infanta y de la Casa Real”.

La sala aprecia indicios de fraude y malversación contra Urdangarin y Torres, pero dice que “no hay indicios vehementes (...) de que la infanta conociera, se concertase, ni participase en el presunto plan criminal urdido por su marido y por su socio, tendente a cometer un fraude a la administración”.

Para el tribunal, tampoco es indicio la renuncia de la infanta y su asesor, Carlos García Revenga, a su cargo como vocales del Instituto Nóos cuando surgieron dudas públicas sobre su legalidad, y estima que las declaraciones de Torres y su mujer de que doña Cristina estaba al corriente de todo también tienen “nulo valor incriminatorio”.

Que la infanta se beneficiara, al ser propietaria del 50 % de Aizoon, de los ingresos que generaban a esta entidad las actividades ilegales de Urdangarin y Torres tampoco es punible, según la Audiencia, porque para que fuera así debería conocer “con un alto grado de certeza el origen delictivo de los fondos”.

No obstante, tras haber abandonado Nóos en marzo de 2006, sí debió estar al tanto y pudo cometer un delito tributario, apunta la sala.

Sobre el presunto delito contra la Hacienda Pública y blanqueo de capitales, el tribunal ha suspendido la imputación de doña Cristina y la condiciona a que se aporte más información a la causa.

La Sala pide al juez que solicite a la Agencia Tributaria que aclare “las incertidumbres y dudas” que suscita el informe que este órgano envió al Juzgado y que luego decida si procede citar en calidad de imputada a la infanta.

El magistrado Juan Jiménez ha manifestado su disensión en un voto particular en el que afirma que los indicios con los que el juez Castro ha justificado la citación pueden constituir un supuesto de cooperación necesaria o complicidad por parte de la infanta en los delitos supuestamente cometidos por su marido y por Torres.

Jiménez considera difícil que Urdangarin actuara sin conocimiento de su esposa y pone como ejemplo que la negociación de algunos convenios de Nóos con la administración balear fuera efectuada en el Palacio de Marivent de Palma.

Además, señala que si se indagara en el número de recursos que ha presentado el fiscal contra imputaciones se podría determinar que el que ha planteado en este caso es insólito.

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