Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.
Noticia de agencia

Noticia servida automáticamente por la Agencia EFE

Esta información es un teletipo de la Agencia EFE y se publica en nuestra web de manera automática como parte del servicio que nos ofrece esta agencia de noticias. No ha sido editado ni titulado por un periodista de eldiario.es.

El Ayuntamiento Madrid alega que suspender acto pro 1-O vulnera la Constitución

El Ayuntamiento de Madrid alega que suspender el acto pro 1-O vulnera la Constitución

EFE

0

El Ayuntamiento de Madrid considera que el auto por el que un juzgado suspendió de forma cautelar un acto en favor del referéndum de Cataluña en un edificio municipal vulnera “valores y principios constitucionales” y derechos fundamentales como la libertad de expresión o ideológica de los convocantes.

Así consta en el escrito de alegaciones presentado esta mañana ante el juzgado de lo contencioso número 3 de Madrid, que decretó la suspensión cautelar, a instancias del PP, del acto que la asociación Madrileños por el Derecho a Decidir iba a realizar en un espacio del centro cultural Matadero, de propiedad municipal.

El escrito contra el auto del juez José Yusty, al que ha tenido acceso Efe, sostiene que esta suspensión “vulnera valores y principios constitucionales claramente implicados”, así como varios derechos fundamentales.

Según el Gobierno que dirige la exjueza Manuela Carmena, además de no respetar la libertad ideológica y de expresión, con la suspensión cautelar se vulneran los derechos fundamentales de reunión y de asociación, el derecho a la tutela jurídica, el derecho constitucional a la autonomía de los municipios en la gestión de sus respectivos intereses, además del derecho a la igualdad.

“Las opiniones manifestadas pueden molestar, inquietar o disgustar al grupo municipal recurrente o a otras personas, pero, como muy bien señala el Tribunal Constitucional, la libertad de expresión vale no solo para la difusión de ideas u opiniones acogidas con favor o consideradas inofensivas o indiferentes, sino también para aquellas que contrarían, chocan o inquietan al Estado”, defiende el escrito de alegaciones.

“El Tribunal Constitucional no ha limitado ninguno de los derechos fundamentales mencionados, que permanecen incólumes y no restringidos”, advierte al juez el escrito municipal.

Según la versión que el Ayuntamiento expone al juez José Yusty, en ninguno de los documentos del expediente municipal“ consta que el acto fuese ”en apoyo o debate sobre unas leyes dejadas en suspenso por el Tribunal Constitucional“.

Este acto, que los organizadores han dicho que mantendrán en otro espacio, pedía que “se realicen consultas sobre los necesarios cambios políticos y sociales que hay que introducir en el régimen del 78, surgido de una transición tutelada”.

Por ello, sostiene el escrito municipal, el juzgado considera “erróneamente” que el acto para cuya celebración se ha cedido el espacio está afectado por las providencias dictadas por el Tribunal Constitucional de suspensión de la ley del referéndum de Cataluña.

El juez, sostiene el Ayuntamiento de Madrid, también “desconoce la obligación que corresponde a los poderes públicos de facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social”.

El equipo liderado por la exjueza denuncia que “no se sostiene jurídicamente de ninguna manera” la argumentación del PP, amparada por el juez, de que “lo que sería legal en la calle es ilegal en un espacio municipal”, una idea que equivaldría a que “el pluralismo político y la libertad de opinión estarían más limitados en las instituciones y sus espacios que en la calle”.

El gobierno municipal de Ahora Madrid cuestiona además “la falta de legitimación activa del grupo municipal popular ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo” ya que, según sostiene el Ayuntamiento, los grupos municipales no tienen personalidad jurídica y, en consecuencia, carecen de legitimación activa en estos casos.

El Consistorio explica también que el decreto de la concejal presidenta del distrito de Arganzuela, Rommy Arce, por el que se autoriza la cesión del espacio a la entidad Madrileños por el Derecho a Decidir es “formal y materialmente ajustado a derecho”.

La petición la registró Pedro Casas, número 41 de la lista de Ahora Madrid, en nombre de la asociación La Comuna.

Se queja además el Ejecutivo de que el juzgado no ha valorado todos los intereses en conflicto y ha adoptado una decisión fundamentándose “en presupuestos no demostrados y teniendo por ciertos únicamente sospechas y juicios de valor”.

“La resolución del juez es objetiva y subjetivamente incongruente: adopta una medida cautelar distinta a la que le han solicitado y la dirige frente a un tercero (La Comuna, el ”dueño“ del acto) que no solo no ha sido oído, sino que ni siquiera es parte en el procedimiento”, replica el Gobierno de Manuela Carmena.

Por ello, el Ayuntamiento de Madrid pide de forma principal la inadmisión a trámite del recurso del PP, y, subsidiariamente, la reversión de la suspensión cautelar del acto, previsto para este domingo.

Mantener esa suspensión, según el Consistorio, “produciría perturbación grave para los intereses generales que representa el Ayuntamiento de Madrid y daños irreversibles para los intereses particulares de los promotores del acto y de los ciudadanos que pretendieran asistir al mismo”.

Etiquetas
stats