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El BOE publica la suspensión del “proceso de participación ciudadana”

EUROPA PRESS

MADRID —

La suspensión está en vigor desde el pasado viernes para las partes implicadas en el proceso y desde la propia publicación en el BOE para terceras partes.

El alto tribunal ha admitido la impugnación del Gobierno central, y subsidiariamente, un conflicto positivo de competencia, “contra las actuaciones de la Generalitat de Cataluña relativas a la convocatoria a los catalanes, las catalanas y las personas residentes en Cataluña para que manifiesten su opinión sobre el futuro político de Cataluña el día 9 de noviembre (y en los días sucesivos en los términos de la convocatoria”.

Conforme al artículo 161.2 de la Constitución, la impugnación por parte del Gobierno produce la suspensión de las actividades impugnadas durante cinco meses, al cabo de las cuales debe ser ratificada o levantada.

El Ejecutivo ha impugnado las actividades contenidas en la página web www.participa 2014.cat “y los restantes actos y actuaciones de preparación, realizados o procedentes, para la celebración de dicha consulta, así como cualquier otra actuación aún no formalizada jurídicamente vinculada a la referida consulta”.

La providencia aprobada el martes por el TC no incluye advertencia expresa al Govern sobre la obligación del cumplimiento de dicha suspensión vía el artículo 87.1 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC), a pesar de haberlo solicitado la Abogacía del Estado en el texto de la impugnación. Este artículo establece que “todos los poderes públicos están obligados al cumplimiento de lo que el Tribunal Constitucional resuelva”.

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