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Bolivia, “complacida” por que la CIJ se declare competente en el litigio con Chile

La CIJ se declara competente para dirimir el litigio marítimo Bolivia-Chile

EFE

La Haya —

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El expresidente boliviano Eduardo Rodríguez dijo hoy que Bolivia está “complacida y honrada” por que la Corte Internacional de Justicia (CIJ) se haya declarado hoy competente para dirimir en el litigio que enfrenta a esta país con Chile por el acceso soberano al océano Pacífico.

“Estamos muy complacidos por esta decisión”, señaló el agente de Bolivia ante el alto tribunal de la ONU y expresidente del país (2005-2006) tras conocer el fallo, al tiempo que recalcó que la demanda que planteó La Paz contra Chile en 2013 “no es un acto hostil”.

“No es un acto hostil hacia Chile, ni menos una actuación que ponga en duda o altere el sistema internacional de las fronteras”, subrayó en declaraciones a los medios de comunicación.

Bolivia está segura, agregó, de que el proceso que continuará más adelante, “nos llevará a un diálogo fructífero, que tienda puentes y nos ayude a superar aquellos muros que todavía nos separan” con Chile.

Dijo que se trata de “un fallo rigurosamente, jurídicamente trabajado”, que además tiene carácter “vinculante” para ambos países, que deberán continuar con los procedimientos hasta lograr una decisión final.

“Esta decisión es importante para Bolivia y Chile pero también es trascendental para la región de Latinoamérica y la comunidad internacional”, sostuvo.

“Es muy importante que la Corte haya decidido mantener su competencia para resolver una diferencia de dos países que son parte del sistema de las Naciones Unidas y signatarios del pacto de Bogotá”, añadió.

Según Rodríguez, la decisión confirma el espíritu de esos tratados o convenios que se dieron los Estados para resolver de manera pacífica sus controversias “sin amenazas, sin el uso de la fuerza y sin coacción de naturaleza alguna”.

La demanda boliviana está “fundada en hechos”, aseguró, “particularmente de aquellos que derivan de nuestra relación con Chile con fundamentos en el Derecho internacional y en los propios precedentes de jurisprudencia de la Corte”.

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