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La CE recuerda a los Estados que deben vigilar la violencia verbal en la red

Bruselas —

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La comisaria europea de Justicia y Derechos Fundamentales, Viviane Reding, ha recordado hoy a los Estados miembros su obligación de vigilar e investigar los casos concretos de violencia verbal e incitación al odio en internet.

Reding se ha pronunciado así en respuesta a una pregunta parlamentaria presentada por el eurodiputado de CiU Ramon Tremosa en la que denunciaba ante la Comisión Europea (CE) los insultos lanzados a través de la red social Twitter a la población catalana “con la excusa de los acontecimientos deportivos”.

Tremosa se hacía eco de comentarios “profundamente violentos contra los catalanes”.

“¡Todos los independentistas merecéis la muerte! Cataluña es España y tu madre es una puta. CamaraDeGas”, reza uno de ellos que el eurodiputado catalán ha hecho llegar a la comisaria.

“¿Piensa la Comisión emitir una comunicación con recomendaciones de buenas prácticas con tal de evitar que las redes sociales sirvan como plataforma para comentarios violentos y totalitarios?”, preguntaba a la CE el eurodiputado.

La comisaria europea en su respuesta asegura que condena cualquier episodio de violencia verbal o física y recuerda que “es de vital importancia el respeto de los valores en los que se fundamenta la Unión Europea.”

En este sentido, y aunque Bruselas reconoce sus tareas de “supervisión”, la CE deja claro que “corresponde a las autoridades nacionales, incluidas las judiciales, investigar las situaciones concretas y determinar, según el contexto y las circunstancias particulares, si suponen incitación a la violencia o al odio”.

Sobre la posibilidad de que la CE desarrolle nuevas normas sobre la violencia verbal en internet, Reding señala que no tiene previsto presentar una comunicación al respecto.

Lo argumenta en que ya existe legislación que obliga a los Veintisiete a perseguir y sancionar “la incitación pública a la violencia o el odio dirigidos contra un grupo de personas o un miembro de tal grupo, definido en relación con la raza, el color, la religión, la ascendencia y el origen nacional o étnico”.

Además, una directiva de 2010 prevé, entre otros puntos, que los Estados miembros “garantizarán, aplicando las medidas idóneas, que los servicios de comunicación audiovisual ofrecidos por prestadores bajo su jurisdicción no contengan incitaciones al odio por razón de raza, sexo, religión o nacionalidad”.

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