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EL CGPJ valida el mantenimiento del arresto para faltas leves del nuevo régimen disciplinario militar

EUROPA PRESS

MADRID —

El nuevo régimen sancionador cuenta con un rotundo rechazo por parte de las diferentes asociaciones militares, en concreto en lo referido al mantenimiento del arresto para las faltas leves.

A este respecto, el informe del Consejo señala que la regulación propuesta por el Gobierno respeta la doctrina sentada por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), si bien sugiere la posibilidad de que, tras su devolución al Consejo de Ministros, el texto precise “de forma más detallada los criterios generales de selección de la sanción de entre las legalmente previstas”.

En el caso de las faltas leves, la norma prevé como sanciones la reprensión, la privación de salida de 1 a 8 días, la sanción económica de 1 a 7 días o el arresto de 1 a 14 días, lo que supone un reducción en la duración de las sanciones respecto a la norma anterior.

INCORPORA DOCTRINA DEL TEDH

El informe, elaborado por la vocal Margarita Uría, valora positivamente que la nueva normativa incorpore la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo sobre derechos y garantías fundamentales en el ejercicio de la potestad disciplinaria en el ámbito militar, así como su adaptación a la plena profesionalización de las Fuerzas Armadas, a la presencia de la mujer y a la organización y misiones que les asigna la Ley Orgánica de la Defensa Nacional.

El Consejo también considera positiva la modificación terminológica introducida en la clasificación de las faltas como leves, graves y muy graves, porque acercar el régimen jurídico aplicable y su terminología al régimen común rector del Derecho disciplinario del resto de funcionarios públicos.

Igual lectura positiva tiene la reformulación de algunos tipos de faltas para incrementar la tipicidad y taxatividad de la norma disciplinaria (y en consecuencia aumentar la seguridad jurídica), la reducción de la duración de las medidas de arresto, la regulación detallada del procedimiento y la explicitación de los derechos de defensa, todo lo cual muestra la preocupación del prelegislador por el reconocimiento y extensión de las garantías.

ARRESTO CAUTELAR

Otros artículos el Anteproyecto que prevén la posibilidad de adoptar el arresto de hasta 40 horas y preventivo de hsta 20 días cuando las circunstancias de una falta “exijan una acción inmediata para mantener la disciplina”.

A este respecto, el informe del CGPJ señala que también “convendría una regulación y definición legal más precisa en el sentido y significado de la referencia a la 'naturaleza y las circunstancias' de la infracción”.

La propuesta del Ministerio de Defensa supone mantener el arresto para las faltas leves cometidas por militares, una sanción que el anterior Gobierno socialista quiso eliminar, tal y como piden también las asociaciones de miembros de las Fuerzas Armadas, que quieren acabar con la privación de libertad para todas las faltas y en todas sus modalidades.

La sanción de arresto para todas las faltas --leves, graves y muy graves-- se mantiene en el anteproyecto de ley elaborado por el Departamento que dirige Pedro Morenés, al que ha tenido acceso Europa Press, que modificará al actual, que data de 1998.

El anteproyecto elaborado ahora por Defensa mantiene el arresto para todas las faltas. En el caso de las leves, lo limita a entre uno y 14 días --actualmente puede ser de hasta 30 días-- y añade como posibles sanciones la reprensión, la privación de salida de la unidad de uno a ocho días y la sanción económica de uno a siete días.

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