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La sentencia del caso Nóos premia la confianza de la infanta en un marido delincuente

Iñaki Urdangarin y la infanta Cristina, durante la celebración de una fiesta sorpresa del cumpleaños del primero.

Gonzalo Cortizo / Marcos Pinheiro

La infanta Cristina sale prácticamente indemne del calvario judicial sufrido en relación con el caso Nóos. El tribunal tendrá que devolverle más de 300.000 euros, la acusación popular pagará las minutas de su abogado y, lo más importante, ha sido absuelta de los delitos de los que la acusaba Manos Limpias.

La sentencia apenas dedica unos párrafos para referirse a Cristina de Borbón y lo hace para esbozar un retrato sencillo: no sabía que el dinero que entraba en su casa provenía de las prácticas ilícitas de su marido.

En la decisión del tribunal no han pesado los hechos probados que relacionan a la infanta con las empresas desde las que se cometieron los delitos que llevarán a Urdangarin a la cárcel. Cristina de Borbón era propietaria al 50% de Aizoon, la empresa que Urdangarin usaba como pantalla para defraudar a Hacienda.

La empresa tenía su sede social en la residencia del matrimonio y, entre otros salarios, Aizoon pagaba a los empleados de hogar en la vivienda. Nada de eso ha impedido, según la sentencia, que Cristina de Borbón se mantuviera en la ignorancia de los delitos por los que se acaba de condenar a su marido.  

La sentencia asegura que “del acopio probatorio practicado no resulta hecho alguno acreditado que permita adverar la participación de doña Cristina de Borbón y Grecia en el hecho ilícito cometido por su esposo. Ninguno de los testigos atribuyeron a la acusada intervención alguna ni actuación de la que pudiera inferirse que influyera en la toma de decisiones”. 

La hermana del rey no ha sido condenada por ningún delito pero sí ha sido declarada “partícipe a título lucrativo”. Según ha quedado acreditado en el juicio, la infanta se gastó más de un cuarto de millón de euros con la Visa Oro de Aizoon en compras variadas. A lo largo de seis años, Cristina de Borbón pagó con esa tarjeta la factura de restaurantes, floristerías, material escolar para sus hijos e incluso adquisiciones en iTunes.

Por todo ello, la sentencia afirma que Cristina de Borbón deberá devolver los 265.000 euros que se gastó y restar esa cifra de los 587.000 euros que ya aportó para cubrir su responsabilidad civil. La diferencia entre ambas cifras tiene como resultado que la sentencia le sale a devolver y el tribunal tendrá que reintegrarle algo más de 300.000 euros.

La figura de “partícipe a título lucrativo” que refleja la sentencia del caso Nóos es idéntica a la que ha sentado en el banquillo de Gürtel a la exministra Ana Mato. Ambas han declarado desconocer las prácticas ilícitas de sus maridos. Mientras la exministra del PP nunca se preguntó de dónde salió el Jaguar que apareció en su garaje o cómo se pagaban fiestas y vacaciones en Eurodisney, Cristina de Borbón ha hecho lo mismo con la Visa Oro que usó durante seis años para todo tipo de gastos. 

Ambas lo han apostado todo al argumento de que la confianza en un marido delincuente les otorga el derecho a la ignorancia. Por ahora a Cristina de Borbón la estrategia le ha salido rentable. 

La importancia de ser yerno del rey

Mientras la sentencia acredita el desconocimiento de la infanta Cristina a Iñaki Urdangarin le computa en contra su relación con la Casa Real. Una de las principales conclusiones de la sentencia es que Urdangarin usó su cercanía con la monarquía para hacer unos negocios de los que la monarquía, al parecer, nada sabía.  

El tribunal concluye que Urdangarin se sirvió del “privilegiado posicionamiento institucional del que disfrutaba, dada su proximidad a la Jefatura del Estado, por cuanto en aquellas fechas formaba parte de la Familia Real, con ocasión de la relación de parentesco que por vínculo matrimonial había adquirido”.

Esta última circunstancia era la que “le procuraba el ejercicio de una presión moral de entidad suficiente como para mover la voluntad de la autoridad y los funcionarios públicos”.

Así, las tres magistradas concluyen, en la sentencia dictada por unanimidad, que merece “especial reproche la conducta de quien (...) abusa de su privilegiada condición y, prevaliéndose de ella” la usa para influir en los representantes públicos “en beneficio propio y aunque con ello subvierta reiteradamente la legalidad”.

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