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Catalá dice que subcontratar en una huelga equilibra el derecho de los trabajadores y la actividad económica

EUROPA PRESS

MADRID —

Así lo ha dicho en la inauguración de la presentación del informe 'Estudio de Derecho Comparado: los derechos y protección de las víctimas en los procesos penales', en el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid. El Tribunal Supremo asegura en su sentencia del pasado mes de noviembre que una empresa tiene derecho a subcontratar a un tercero durante una convocatoria de paros laborales porque sino supondría una “exorbitante” protección al derecho de huelga.

A juicio del ministro, el Supremo ha abierto una “línea” para que se respete el derecho fundamental a la huelga y al desarrollo de la actividad económica de las empresas. Ha explicado que esta decisión del alto tribunal trata de que las mercantiles no estén “vinculadas estrictamente” a los paros que puedan hacer los proveedores de servicios.

Para Catalá, este aval del Tribunal Supremo a poder subcontratar servicios consigue la “flexibilidad para garantizar la actividad de las empresa” y que no existan “desequilibrios”.

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