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Un miembro de la Comisión Electoral aceptará porque cree que no les afecta la suspensión del TC

EUROPA PRESS

MADRID —

Salellas ha indicado en declaraciones a Europa Press que parte de los miembros de esta comisión, la cual actuará como junta electoral de la consulta en caso de que acabe celebrándose, ha estado presente en la sesión en la que el Pleno del Parlament ha aprobado su designación con los votos de CiU, ERC, Iniciativa y CUP, que entienden que este acto no desoye la resolución provisional del Alto Tribunal.

Según ha dicho, los juristas y politólogos de reconocido prestigio esperan al decreto del presidente de la Generalitat, Artur Mas, para aceptar el nombramiento. “Soy un ciudadano libre. Entiendo que no me afecta la prohibición del Tribunal Constitucional”, ha explicado Salellas, para manifestar que, a su juicio, se trata de un asunto entre el Gobierno central y la Generalitat.

Precisamente, antes de votar a los miembros de la Comisión, el pleno del Parlament ha votado si eso era legal después de la suspensión del TC, lo que ha causado un intenso debate sobre si se debía mantener en el orden del día. El bloque soberanista cree que se puede mantener porque la propuesta del Parlament es “provisional” y no es ejecutiva hasta que el presidente de la Generalitat nombre a los miembros por decreto.

El Tribunal Constitucional suspendió el pasado lunes la ley de consultas y el decreto de convocatoria y “cuantos actos o resoluciones hayan podido dictarse en aplicación de los mismos”. La Generalitat paralizó “de forma cautelar y temporal” la campaña institucional sobre la consulta y presentará alegaciones a la decisión provisional del Alto Tribunal, al igual que hará el Parlament.

COMISIÓN DE CONTROL

Los siete miembros de la Comisión de Control -la ley establece que deben ser juristas y politólogos de reconocido prestigio-- son: Mercè Barceló i Serramalera; Joaquim Brugué Torruella; Alfons González Bondia; Miquel Martin Casals; Marc Marsal Ferret; Jordi Matas Dalmases, y Benet Salellas Vilar.

Las funciones de este organismo son equiparables a los de una Junta Electoral, y consisten velar por que las consultas populares no refrendarias se ajusten a los principios, reglas y requisitos que establece la Ley de Consultas, y que se lleven a cabo respetando el procedimiento y las reglas específicas de cada votación.

La Comisión, regulada en el artículo 14 de la Ley de Consultas, debe actuar con plena autonomía e independencia, y su composición --en la que debe haber mayoría de juristas-- debe ser aprobada por una mayoría de tres quintas partes del Parlament -81 diputados-- y renovada cada vez que empiece una legislatura.

Entre sus funciones están coordinar las comisiones de seguimiento de las consultas no refrendarias --siete en el caso del 9 de noviembre--; supervisar las actuaciones de la Administración; declarar el resultado de las consultas, y velar por las garantías de los períodos de difusión institucional de las consultas.

En el caso del 9 de noviembre, el decreto de convocatoria establece en su anexo que los miembros de la Comisión cobrarán por su trabajo durante el proceso de la consulta: 3.400 euros el presidente --que elegirán de entre uno de ellos los mismos miembros del organismo--; 3.200 el secretario, y 2.100 euros los vocales.

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