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Condenan a 12,6 a la madre y 10 años a su pareja por matar a la hija de 8 años de una paliza en Palma

Condenan a 12,5 a la madre y 10 años a su pareja por matar a la hija de 8 años de una paliza en Palma

EFE

Palma —

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La Audiencia de Palma ha condenado hoy a 12 años y 6 meses de prisión a una madre por matar de una paliza a su hija de 8 años en junio de 2011 en Palma junto con su pareja, que ha sido sentenciado a una pena de 10 años de cárcel.

Ambos han sido condenados también a indemnizar de forma conjunta y solidaria con 500.000 euros al padre biológico de la menor.

La sentencia ha sido dictada hoy después de que el pasado lunes el Tribunal del Jurado considerase culpables a los dos tras el juicio en el que se alcanzó un acuerdo de conformidad, en el que ambos confesaron su culpabilidad en el homicidio y aceptaron las penas solicitadas por las acusaciones.

La sentencia condena por homicidio con la agravante de parentesco a la madre de la niña, Antonia M.D., de 32 años, y a su pareja Miguel Ángel G.L., de 31, que causaron la muerte de la niña en la vivienda que compartían en Palma. La pequeña residía habitualmente con sus abuelos maternos, aunque pasaba los fines de semana con su madre y su compañero sentimental.

El fallo judicial considera probado que en la madrugada del 18 de junio de 2011, la madre y su pareja le dieron “una brutal paliza” a la niña que le causó hematomas agudos por todo el cuerpo y un grave traumatismo craneoencefálico por el que entró en coma.

Recoge además que los acusados no prestaron ni solicitaron atención médica para la niña “durante un largo período de tiempo”, se limitaron a ducharla y acostarla y no avisaron a una ambulancia hasta doce horas después.

Aunque fue trasladada al Hospital Son Espases donde recibió atención médica, la niña padecía graves dificultades respiratorias que culminaron en un coma profundo y en su fallecimiento al día siguiente.

La sentencia de la Sección Primera de la Audiencia recalca que el jurado ha declarado probado que la pareja produjo la muerte de la niña en base a la misma declaración de los acusados y el informe forense de la autopsia.

El fallo judicial recalca que no cabe duda de que los acusados “conocían el peligro concreto que su conducta provocaba para la vida de la menor y el conocimiento de ese riesgo no impidió ni la acción ni la posterior asunción del resultado demostrado con la inactividad y falta de asistencia posterior”.

Según la sentencia, la entidad y variedad de las lesiones reflejadas en el informe de la autopsia no admite interpretación distinta de que, aunque “no buscaran finalísticamente la muerte de la víctima, sí se les presentó la posibilidad de causarla y aceptaron su resultado para el caso de que se produjera”.

El jurado los consideró culpables por unanimidad y en su veredicto rechazó la posibilidad de un indulto total o parcial de la pena “dada la extrema gravedad de los hechos enjuiciados”.

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