Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.
Noticia de agencia

Noticia servida automáticamente por la Agencia EFE

Esta información es un teletipo de la Agencia EFE y se publica en nuestra web de manera automática como parte del servicio que nos ofrece esta agencia de noticias. No ha sido editado ni titulado por un periodista de eldiario.es.

Confirman la absolución de las activistas de Femen por irrumpir en una marcha provida

Confirman la absolución de las activistas de Femen por irrumpir en una marcha provida

EFE

Madrid —

0

La Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado la absolución de las cinco activistas de Femen, entre ellas su líder Lara Alcázar, juzgadas por interrumpir semidesnudas en una marcha antiabortista en Madrid en noviembre de 2013, en el primer juicio celebrado en España contra miembros de ese colectivo.

En la sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, la Sección 29 de la Audiencia de Madrid desestima el recurso de apelación de la Fiscalía y la acusación particular Asociación Enraizados en Cristo y en la Sociedad contra la resolución de 29 de julio de 2016 dictada por el juzgado de lo Penal número 19 de Madrid. Contra este fallo no cabe recurso, por lo que la sentencia es firme.

Las jóvenes fueron absueltas de los delitos de desórdenes públicos, exhibicionismo, contra el ejercicio de los derechos fundamentales y uno más de resistencia a agentes de la autoridad. El fiscal pedía nueve meses de cárcel y multa de 1.800 euros para cada una de ellas y Enraizados hasta seis años y medio de prisión.

El tribunal considera probado que las cinco irrumpieron en el recorrido de la manifestación con el torso semidesnudo y trataron de acercarse a la cabecera coreando sus consignas a favor del aborto.

No obstante, los magistrados explican que con esta acción “las acusadas solo pretendían dar publicidad a sus ideas mediante una actuación inapropiada y con ocasión de una manifestación autorizada que defendía posturas contrarias a las de las acusadas”.

Lo hicieron, añade, “mediante la exhibición de sus cuerpos semidesnudos y la irrupción violenta y sorpresiva en una manifestación pacífica” en la que “buscan una repercusión mediática que a buen seguro no hubieran obtenido con una manifestación al uso de la convocada por la asociación acusadora, aprovechándose de la situación de provocación que crean con su actuación”.

Pero quieren dejar claro que “no impidieron el legítimo derecho de manifestación de las personas que participaban en la marcha que pudieron acudir a ella y continuarla con normalidad tras ser retiradas la acusadas, produciéndose únicamente una detención -que no disolución- de la marcha durante 20 minutos”.

“Solo buscaban una plataforma desde la que amplificar sus ideas, aprovechando la polémica que creaban con la forma de irrumpir en la manifestación (con gritos, palabras y gestos indecorosos y con el torso desnudo) y la presencia de medios de comunicación”, destacan.

De esta forma, consideran que “no se produjo una perturbación grave al desarrollo de la manifestación, pues la acción de las acusadas solo produjo una perturbación leve”.

Etiquetas
stats