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El Constitucional rechaza el uso sistemático del decreto para comprar armas

El Constitucional rechaza el uso sistemático del decreto para comprar armas

EFE

Madrid —

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El Tribunal Constitucional ha rechazado que los créditos para adquirir armamento se aprueben de manera sistemática a través de la fórmula del decreto ley, una práctica a la que se oponían PSOE, IU, ICV-EUIA, CHA y UPyD, cuyo recurso conjunto ha aceptado por unanimidad.

El Pleno del Tribunal Constitucional ha estimado así el recurso de inconstitucionalidad presentado por diputados de los Grupos Parlamentarios Socialista; IU, ICV-EUIA, CHA: La Izquierda Plural; y Unión Progreso y Democracia.

De este modo, el tribunal de garantías ha vedado la concesión de créditos extraordinarios y suplementos de crédito en el presupuesto de los Ministerios de Asuntos Exteriores y Cooperación, de Defensa y de Agricultura, Alimentación y Medio ambiente.

La sentencia considera que el uso sistemático del Decreto-ley como forma de aprobar créditos extraordinarios para financiar los programas especiales de armamento es contrario a la Constitución.

“La especial financiación de los programas de defensa aquí analizados puede justificar la utilización del crédito extraordinario al margen de la programación presupuestaria normal”, dice el TC, pero “bien podría vehicularse a través de ley y no indefectiblemente mediante el decreto”.

En consecuencia, “el recurso sistemático al Decreto-ley como forma jurídica de vehicular créditos extraordinarios para financiar los programas especiales de armamento no se ajusta a las previsiones constitucionales”, sentencia el TC.

El Gobierno ha concedido esta legislatura, a través de reales decretos, créditos extraordinarios para programas especiales por más de 4.000 millones de euros, el último el pasado año por 883 millones.

También en relación con la financiación extraordinaria de los programas especiales, el pleno del Tribunal de Cuentas ha aprobado el “Informe de fiscalización de la financiación extraordinaria de los programas especiales de modernización de armamento y material de las Fuerzas Armadas, ejercicios 2012, 2013 y 2014”.

Hace un especial análisis de los programas del avión de combate EF2000, el avión de transporte A400M, el helicóptero Tiger, barcos BAM, carros de combate Leopard y helicóptero NH90.

El informe concluye que la financiación de los créditos extraordinarios se hace con cargo a Deuda Pública, cuando se trata de operaciones no financieras, cuya financiación debería haberse hecho con baja en otros créditos no financieros o del Fondo de Contingencia.

Recomienda evitar el uso excesivo de la financiación a través de créditos extraordinarios y suplementarios en las rúbricas destinadas a los Programas especiales, especialmente cuando se lleva a cabo mediante la figura del Real Decreto-ley.

Pide revisar el sistema de financiación con cargo a Deuda Pública de las modificaciones presupuestarias relativas a operaciones no financieras y continuar con el estricto y permanente control de la gestión internacional de los programas, profundizando en la mejora de la obtención de los datos financieros y de gestión.

También recomienda fomentar e incentivar la continuidad en los puestos de gestión de estos programas a fin de no perder el capital humano que suponen los constantes cambios en el personal.

Por otra parte, el Tribunal de Cuentas, en otro informe sobre los contratos de la Administración de Pedro Morenés durante 2013, critica que las memorias justificativas en la tramitación de expedientes se limitan a señalar que no hay crédito suficiente y a reproducir el listado de cuantías por programa cuya financiación extraordinaria se solicita.

El Tribunal critica que las memorias económicas son, a su vez, breves y apenas incorporan una somera referencia a las necesidades que han de atenderse con las cuantías solicitadas para cada programa.

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