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Díaz Ferrán apela la sentencia que le condena a dos años de cárcel y la califica de “demencial”

El expresidente de la CEOE, Gerardo Díaz Ferrán

Marisa Gallero

“Esa película no me la sé, pregúntele a Mata –presidente de Air Comet–, que seguro que la sabe, porque estaba en el día a día”, declaró Gerardo Díaz Ferrán durante el juicio oral por el Caso Aerolíneas Argentinas por el que fue condenado por fraude fiscal a 2 años y 2 meses de prisión y a una multa de 99.049.520,50€. Y, según el recurso de apelación presentado este martes en la Audiencia Nacional, es el juez Eloy Velasco el que “no ha entendido cabalmente la operación documentalmente acreditada” de la compra de Aerolíneas Argentinas por parte de Air Comet.

“Es una sentencia demencial, parte de premisas absurdas, incurre en patentes errores y carece de toda lógica”. Es la definición del abogado del ex presidente de la CEOE, Nicolás González-Cuéllar a la condena del pasado 9 de diciembre a Díaz Ferrán por defraudar 99,04 millones de euros. “No existe tal deuda tributaria en el Impuesto de Sociedades de Air Comet del ejercicio 2001. No es el único error en el que incurre el juez”.

El caso aerolíneas argentinas

En el año 2001, Air Comet, presidida por Antonio Mata, también condenado en este proceso, compró a la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI) todas las acciones de Interinvest, propietaria de Aerolíneas Argentinas, por un valor simbólico de 1 dólar. La empresa aérea se encontraba en situación de práctica quiebra, de modo que la SEPI se comprometía a asumir las deudas hasta un máximo de 300 millones de dólares.

Como contraprestación, Air Comet asumió la negociación del convenio de acreedores de Aerolíneas, siguiendo las directrices de la entidad pública. De esta forma, relata el recurso, “el Estado cortaba la hemorragia económica y evitaba el grave problema de imagen que se deriva del hecho de que una empresa pública española estuviera en concurso de acreedores”.

Sin embargo, según la sentencia, el dinero no fue utilizado para saldar las deudas, sino que con esos fondos Air Comet adquirió para sí los créditos que pesaban sobre Interinvest por un total de 272,87 millones de dólares. De esta forma “adquiría un beneficio que resultaba de haber adquirido tales créditos con fondos procedentes de SEPI a título gratuito”. Como consecuencia de la compra, Air Comet debería haber ingresado por el impuesto de sociedades una cuota de 99,04 millones de euros, que nunca llegaron a las arcas públicas. También afirma la sentencia que Interinvest y Air Comet es lo mismo, la primera sirve de pantalla a la segunda, y “realizaron maquinaciones para eludir el pago de los impuestos que les correspondían”. El recurso, por su parte, expone que fue la propia SEPI quién decidió, cuando Interinvest era todavía suya, que ese dinero se dedicará a la compra de créditos.

Respecto a que sea una empresa pantalla, el recurso se pregunta “¿Cómo puede hacerse semejante aseveración cuando es el Estado el que le vende Interinvest, propietaria de Aerolíneas, a Air Comet?”. No es la única pregunta que lanza el letrado de la defensa. Durante el juicio oral también se enunciaron las siguientes cuestiones: “¿Dónde está el ánimo de engañar de Air Comet? ¿Cuál fue su beneficio? ¿Por qué razón en el 2001 tributaría y no en el 2002? ¿Cree que se hizo todo para no pagar impuestos en España?”.

La explicación del expresidente de la patronal, fue mucho más sencilla: “En ningún momento pensamos que había delito fiscal. Ni lo pensé entonces, ni lo pienso ahora. Si hubiéramos creído que había que pagar algo, se lo habríamos pedido a la SEPI que lo aportara, porque Hacienda y la SEPI son prácticamente lo mismo”.

Cuatro Motivos de apelación

La apelación presentada se sustenta en cuatro motivos: por error en la valoración de la prueba, por inexistencia de deuda tributaria eludida, por inexistencia de defraudación y por motivación irracional de la individualización de la pena.

Y explica que la clave de la cuestión es como Interinvest, al ser la matriz de Aerolíneas, no podía votar el convenio por prohibirlo la legislación argentina, y adquiría los créditos a través de Air Comet, controlando en todo momento la operación la SEPI, es decir el Estado español. “Queda claro, que no hay donación alguna, pues AIR COMET asumía la obligación de capitalizar en Aerolíneas Argentinas los créditos a favor de INTERINVEST y se comprometía ante la SEPI a devolver las cantidades en caso de incumplimiento de lo pactado. El acto no constituyó una liberalidad, sino un acto oneroso”, explica el escrito.

El perito de Hacienda

El recurso de apelación a la sentencia condenatoria de Díaz Ferrán es también muy crítico con la actuación del perito designado por Hacienda, Carlos Navas. El primer informe se emitió sin tener en su poder toda la documentación. Y reconoció no haber solicitado los asientos diarios de Air Comet y no haber examinado ni siquiera las cuentas anuales de Interinvest. “Es asombroso que el perito no diera su brazo a torcer y más aún que la sentencia impugnada entienda que la utilización del dinero para la compra de los créditos constituyó una liberalidad”.

El abogado del ex presidente de Viajes Marsans alego durante el juicio, que “esta causa está apoyada exclusivamente en un peritaje de parte” en el que el subinspector de Hacienda no tenía la “cualificación técnica necesaria para inspeccionar Air Comet y presentar su informe ante el tribunal”.

La firma de la administración concursal

Otro detalle del recurso, es que la defensa del ex presidente de la CEOE ha presentado esta apelación junto a la Administración Concursal de Gerardo Díaz Ferrán. Firmando su adhesión la abogada Antonia Magdaleno y como economista, Luis Arqued. Por ello, la Administración Concursal aprueba la revocación de la condena del patrón de patrones por inexistencia de delito fiscal

En su informe, ya recalcaban el hecho de que Díaz Ferrán pusiera su patrimonio personal como garantía de las deudas de sus empresas, era “buena prueba” de que creía que las mismas podían superar las dificultades financieras que las atenazaban.

Reclamación ante el CIADI

El ocaso de Gerardo Díaz Ferrán como empresario empezó en el año 2008. La expropiación sin compensación por el Estado argentino de Aerolíneas Argentinas “provocó el hundimiento del Grupo Marsans”. Actualmente, Argentina se enfrenta a una demanda de indemnización del grupo español ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI, institución del Banco Mundial), que supera los 1000 millones de dólares. Según Nicolás González-Cuéllar, abogado del empresario condenado, “ese dinero permitiría a los acreedores de Díaz Ferrán saldar completamente su deuda”.

Argentina es el país más demandado en el mundo ante el CIADI, con 49 casos sobre un total de 184 iniciados. Repsol también tiene otra demanda en CIADI contra el país andino.

Otra causa judicial pendiente

El pasado mes de diciembre, Gerardo Díaz Ferrán cumplió un año en Soto del Real, declarándose totalmente arruinado, en contraste con las declaraciones desde la prisión de Picassent de Ángel de Cabo a la UDEF, asegurando que “tiene dinero en Hong Kong”. Está pendiente del juicio por la Operación Crucero, por vaciar patrimonialmente el grupo Marsans. Y el juez Elpidio Silva le imputó por recibir un préstamo de 26,6 millones de euros de Caja Madrid cuando Miguel Blesa la presidía, asunto que ha sido sobreseído por la Audiencia Provincial de Madrid.

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