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Flores alega que el fallo del Madrid Arena inventa la sobreventa de entradas

Flores alega que el fallo del Madrid Arena inventa la sobreventa de entradas

EFE

Madrid —

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Miguel Ángel Flores, condenado a 4 años de cárcel por la tragedia del Madrid Arena, ha presentado ante el Tribunal Supremo los argumentos que justifican el recurso de casación contra el fallo, entre ellos que la Audiencia Provincial se “inventa” la sobreventa de entradas.

Según los argumentos del recurso de casación, a los que ha tenido acceso Efe, “no existe una sola prueba de cargo” que demuestre que el empresario condenado vendiera la cifra de 16.492 entradas.

Así, cree la representación legal de Flores que esa cifra que la sentencia resalta está basada en un “error” del informe de la Policía Científica sobre las entradas vendidas, un “error reconocido luego por los peritos en el juicio, verbalmente y por escrito”.

Insiste el recurso en que “sencillamente” la sentencia de la Audiencia de Madrid “inventa” la cifra y prescinde de otras pruebas exculpatorias “extraordinariamente claras que demostraban lo contrario”, entre ellas la del control digital de acceso o la de los lectores analizados por la Policía Científica que arrojaron una máximo de 10.000 personas con entrada.

Flores rechaza la afirmación de la sentencia de que el control de la seguridad y de los flujos del recinto durante el evento correspondía al empresario, al promotor de la fiesta de Halloween que acabó con la vida de cinco chicas.

Lejos de eso, el recurso de casación subraya que en el contrato suscrito con el titular del recinto, Madridec, se le “impuso” a Flores como única empresa de seguridad a Seguriber, entre otras cosas porque era “la única homologada” por la entidad municipal.

“Nunca se le impuso a Flores no se le podía imponer un máximo de aforo por planta (y mucho menos el control del mismo) al existir una sola entrada”, alega también el recurso.

Además, estima que la pista central era “técnicamente imposible de evacuar” en caso de emergencia, como quedó “acreditado” en los informes periciales, que indicaron que el edificio partía de un defecto estructural que hacía imposible el control de aforos con las gradas replegadas, según indica la defensa de Flores.

Entre otros argumentos, la defensa resalta que no ha habido “el menor vestigio del presunto ánimo de lucro” del promotor, como sin embargo señala la sentencia.

Porque, según la representación de Flores, si hubiera querido lucrarse no contrata la “mejor” empresa de control y verificación de acceso, DATO, no hubiera dado la orden de cese de venta cuando aún no había llegado al aforo permitido, y no hubiera contratado por su cuenta un servicio médico y de enfermería ni otro de orden.

Según quiere dejar claro Flores en el recurso, quienes originaron la tragedia “fueron aquellos que por su capacidad de decisión y conocimiento del recinto, sabiendo o debiendo saber la gravísima y total ilegalidad y gravísimas deficiencias de seguridad del edificio en eventos con las gradas replegadas, permitieron y favorecieron la celebración de este tipo de eventos, que se siguen haciendo a día de hoy”.

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