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El Gobierno lleva al Constitucional varios artículos de la ley catalana sobre horarios comerciales

EUROPA PRESS

MADRID —

El Gobierno cuenta con informe favorable del Consejo de Estado y solicita al alto tribunal que suspenda la aplicación de la norma mientras resuelve el recurso.

Según ha explicado hoy el Ejecutivo, la Generalitat tiene competencia para dictar la normativa autonómica relativa a horarios comerciales y, en general, para la ordenación de su comercio interior, pero sin contravenir la normativa básica que dicta el Estado.

Hay dos normas nacionales en vigor, la ley de horarios comerciales y la de ordenación del comercio minorista y, según el Gobierno, la regulación de la Generalitat establece un régimen más restrictivo.

ARGUMENTOS DEL ESTADO

Por un lado, el máximo de horario semanal de apertura comercial que establece la Generalitat, 72 horas, contraviene la regulación estatal que establece que dicha limitación máxima tiene que ser como mínimo de 90.

Dispone la Ley de Cataluña la exclusión del horario comercial general de los establecimientos comerciales de venta personalizada o en régimen de autoservicio, siempre que la superficie de exposición y venta de éstos no supere los 150 m2.

“Esta disposición va contra lo establecido por la legislación básica, que define los establecimientos que gozarán de plena libertad horaria a los que tengan una superficie inferior a 300 metros cuadrados”, argumenta el Gobierno.

Los criterios para la consideración de municipio turístico que establece la normativa autonómica, continúa, “no cumplen los mínimos que reconoce la normativa básica sobre zonas de gran afluencia turística”, y los períodos estacionales para la venta en rebajas que dispone la Generalitat “tampoco respetan la regulación básica, que establece la libertad de los comerciantes para determinar tanto los periodos en los que se efectuará la venta en rebajas, como su duración”.

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