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El Gobierno y el Tribunal Constitucional, preparados para actuar mañana si se activa el referéndum

El Gobierno y el Tribunal Constitucional, preparados para actuar mañana si se activa el referéndum

EFE

Madrid —

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El Gobierno y el Tribunal Constitucional están preparados para actuar ante los pasos que se den en Cataluña con el objetivo de convocar el referéndum soberanista del 1 de octubre.

Los miembros del Gobierno están avisados de la posibilidad de que mañana mismo sean convocados a un Consejo de Ministros extraordinario para autorizar al jefe del Ejecutivo, Mariano Rajoy, a impugnar ante el Constitucional las decisiones que se tomen desde el Parlament o el Govern de la Generalitat.

De hecho, los magistrados del Tribunal Constitucional estarán reunidos desde las diez de la mañana en un pleno ordinario cuyo orden del día no lleva asuntos relevantes relacionados con Cataluña, pero son conscientes de que el guión previsto se puede ver alterado en cualquier momento.

Son varias las opciones que barajan desde el Ejecutivo a la hora de proceder a la impugnación.

La primera es que se tramite y apruebe la proposición de ley del referéndum presentada por Junts pel Si y la CUP y que, aunque aún no ha salido calificada por la Mesa del Parlament, podría introducirse por vía de urgencia en el pleno que esa Cámara celebra mañana.

De ser así, el Gobierno no tendría que presentar un nuevo recurso, sino simplemente ampliar uno de los incidentes de ejecución de sentencia que ya ha presentado ante el Constitucional.

Si, por el contrario, la iniciativa la toma el Govern, el Ejecutivo central tendría que presentar un nuevo recurso, al tratarse de un decreto ley, lo que implicaría la consulta al Consejo de Estado.

En cualquier caso, tanto si se sigue un camino o el otro, el Tribunal Constitucional suspenderá cautelarmente de inmediato la ley del referéndum y lo hará con efectos de la fecha de presentación del recurso, como ocurre con cualquier impugnación del Ejecutivo central sobre una norma autonómica en la que se invoque el artículo 161.2 de la Constitución, que regula esa suspensión.

Está por ver si el Gobierno pide al TC alguna medida extraordinaria contra los firmantes de la ley para asegurar el cumplimiento de su resolución, entre ellas la sanción económica o, incluso, la suspensión en sus funciones.

En principio, los magistrados del Constitucional se inclinan más por mantener la línea seguida hasta ahora, es la suspensión y el apercibimiento, dejando en manos de la Fiscalía el ejercicio de posibles acciones penales.

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