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El Gobierno podrá sancionar la exhibición de fotos o homenajes a etarras si no constituyen delito

El Gobierno podrá sancionar la exhibición de fotos o homenajes a etarras si no constituyen delito

EUROPA PRESS

MADRID —

El Gobierno podrá sancionar como falta grave, con multa de entre 1.001 y 30.000 euros, las exhibiciones de fotos u homenajes a terroristas cuando estos actos no sean constitutivos de delito contemplado en el Código Penal, según han informado fuentes del Ministerio del Interior.

Esta es una de las medidas incluidas en el anteproyecto de Ley de Seguridad Ciudadana que este viernes aprueba el Consejo de Ministros y que contempla como faltas graves las manifestaciones públicas o exhibiciones de emblemas, banderas u otros materiales con la finalidad de promover el odio, el terrorismo, el racismo o la violencia contra las mujeres, entre otros aspectos.

El texto que recibe este viernes el primer visto bueno del Consejo de Ministros ha sufrido numerosas modificaciones respecto a los primeros borradores manejados por el Departamento que dirige Jorge Fernández Díaz. Sin embargo, las mismas fuentes han rechazado que estos cambios se hayan aplicado como respuesta a las críticas recibidas, sino fruto del trabajo de consenso y revisión realizado junto al resto de ministerios.

Este trabajo de revisión ha afectado fundamentalmente a las conductas sancionadas como falta muy grave, que se reducen de 21 en los primeros textos a 7. Estas faltas quedarán sancionadas con multas de entre 30.001 euro y 600.000.

En este ámbito queda así incluida la perturbación “muy grave” de la seguridad ciudadana en espectáculos, acontecimientos deportivos u oficios religiosos, así como las convocatorias “con finalidad coactiva” celebradas durante la jornada de reflexión o el día electoral. De la misma forma, serán sancionadas con hasta 600.000 euros las manifestaciones sin autorización en torno a las consideradas infraestructuras críticas siempre que supongan un riesgo para las personas o perjuicio para su funcionamiento.

Además, el texto contempla como sanción muy grave el manejo armas prohibidas o explosivos no catalogados, la celebración de espectáculos públicos o actividades recreativas prohibidas o la proyección de dispositivos luminosos como los clásicos punteros lasser contra vehículos y otros medios de transporte como aviones. También se interpondrá una sanción muy grave cuando una persona sume tres faltas graves en el periodo de dos años.

Aunque los primeros borradores también incluían como falta muy grave las concentraciones en torno a las Cortes Generales cuando éstas no hubiesen sido debidamente comunicadas, el Ministerio del Interior ha decidido rebajar su consideración a grave siempre y cuando supongan perturbación de la seguridad ciudadana, independientemente de que las Cortes se encuentren en ese momento reunidas. Según han explicado fuentes del Departamento, el objetivo de esta medida no es proteger a los políticos, sino a la institución.

El anteproyecto de Ley de Seguridad Ciudadana considera sanción leve (con multa de entre 100 y 1.000 euros) la celebración de cualquier reunión o manifestación no comunicada, independientemente de dónde se realice, y sólo la eleva a la categoría de grave en determinados supuestos, como la realización de actos violentos.

IMPEDIR DESAHUCIOS, FALTA GRAVE SI NO ES DELITO

En este apartado, contempla como grave la participación en alteraciones de la seguridad ciudadana con el rostro cubierto o la obstrucción a las autoridades en el ejercicio de sus funciones. En este supuesto podría entrar el 'boicot' a un Pleno municipal o incluso los actos para impedir desahucios si no constituyen delito.

Además, incluye la sanción por ofrecer o aceptar servicios de prostitución en la vía pública cerca de espacios frecuentados por menores o en aquellos lugares que puedan afectar a la seguridad vial, aunque la conducta no será sancionada si la persona es víctima de la trata de seres humanos. En el apartado de las infracciones graves se mantienen aspectos relacionados con el consumo o la tenencia de drogas tóxicas o el abandono en la vía pública de utensilios necesarios para su consumo o fabricación.

También tendrá esta consideración el consumo de alcohol en la vía pública sin estar autorizado, siempre que se perturbe gravemente la tranquilidad ciudadana, establecer barricadas en la calle, maltratar animales en espectáculos no autorizados, el escalamiento a monumentos o edificios emblemáticos o la denominadas 'cundas'.

Esta futura Ley supondrá la derogación de la denominada como 'Ley Corcuera' de 1992 y la Seguridad Ciudadana pasará de estar regulada con 39 artículos a contar con 55 y nuevas infracciones repartidas entre infracciones leves, graves y muy graves. Esta normativa se crea en paralelo a la reforma del Código Penal en la que desaparecen las faltas dividiendo las conductas punibles en delitos e infracciones Administrativas. De estas últimas se encargará esta nueva Ley de Seguridad Ciudadana.

Uno de los aspectos más polémicos del texto inicial con el que trabajaba el Ministerio del Interior era el referido a las actuaciones dirigidas contra miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (CFSE). En el anteproyecto de este viernes, los insultos, vejaciones, amenazas o coacciones a los agentes quedan con la consideración de falta leve, igual que el uso y distribución de imágenes de los policías con fines que puedan suponer un atentado contra su intimidad, su familia o puedan poner en riesgo una operación.

El texto no incluye ninguna regulación específica sobre los denominados 'escraches', que serán tratados de la misma forma que cualquier otra concentración no comunicada. Sin embargo, el Ministerio sí se reserva la posibilidad de establecer 'zonas de seguridad' tanto para estas actuaciones como para otros muchos comportamientos.

Otra de las novedades es que los padres tendrán que hacerse cargo económicamente de los desperfectos que ocasionen sus hijos menores de edad en la vía pública. Los padres o tutores no pueden ser responsables de las sanciones, sino que deberán responder como responsables subsidiarios de los daños causados. Esta responsabilidad subsidiaria también se amplía, por ejemplo, a los convocantes de manifestaciones en las que se produzcan actos violentos.

MUCHAS APORTACIONES DE JUSTICIA

La de la responsabilidad subsidiaria ha sido una de las aportaciones efectuadas por el Ministerio de Justicia, que ha desarrollado un amplio trabajo de sugerencias en este anteproyecto que lidera el Ministerio del Interior. También han realizado aportaciones los Departamentos de Empleo y Seguridad Social, el de Sanidad sobre los asuntos relacionados con las drogas y el alcohol, el de Hacienda y el de Industria, Energía y Turismo.

Este primer texto del Gobierno deberá ahora someterse al informe de diversos órganos, tales como el Consejo de Estado, el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y la Agencia de Protección de Datos. El informe de este último organismo es especialmente relevante para la creación de un fichero policial de infractores que permitirá medir la reincidencia para decidir la cuantía de las multas e incluso elevar la categoría de la sanción.

Tras estos pasos, el texto volverá a ser revisado por el Consejo de Ministros para ser remitido a las Cortes Generales ya como proyecto de ley, donde debe seguir una larga tramitación parlamentaria antes de su aprobación final. Esto hace que el Ministerio del Interior no cuente con su puesta en marcha hasta el segundo semestre del próximo año, máxime teniendo en cuenta que afronta estos trámites “sin prisas” y con voluntad de negociación.

Hasta ahora, el Departamento de Fernández Díaz no ha contactado con los grupos parlamentarios porque considera que eso debe hacerse cuando se encuentre en las Cortes Generales, pero sí ha tenido en cuenta y seguirá consultando la opinión de numerosas asociaciones como vecinales o policiales.

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