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Hacienda publica los criterios para calcular cada año el coste de los servicios que presentan los municipios

EUROPA PRESS

MADRID —

El cálculo del coste efectivo está recogido en la nueva ley de régimen local, uno de cuyos objetivos es lograr la prestación más eficiente de servicios municipales, es decir, reduciendo costes. El cálculo del coste efectivo se deberá realizar por todas las Entidades Locales y sobre todos los servicios públicos, se presten directamente o mediante organismos dependientes, vinculados o a través de formas de gestión indirecta.

El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas publicará antes del 1 de diciembre de cada año en su portal web, sobre la base de la información que remitan las entidades locales, el coste de los servicios locales. Antes del 1 de noviembre de 2015, todas las entidades deberán remitir los datos a Hacienda por primera vez y hacerlo anualmente.

Excepcionalmente, para este año 2014, la información relativa al año 2013 se publicará por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas antes de 1 de diciembre próximo, y referida a las áreas de gasto contenidas en la clasificación por programas, según las liquidaciones de presupuestos que han facilitado las Entidades Locales.

En cuanto a los criterios para calcular los costes, Hacienda incluye gastos directos imputables al servicio en cuestión (personal, gasto corriente, amortización de inversiones) y gastos indirectos. Si el servicio este externalizado, se tendrá en cuenta lo que abone la entidad local al contratista, también el coste del servicio para los usuarios, las tarifas que estos abonen y las subvenciones, en su caso.

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