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La JEC rechaza anular el voto por correo en Melilla porque no se ha demostrado “un fraude masivo”

EUROPA PRESS

MELILLA —

El recurso se ha materializado tras el incidente ocurrido en la oficina de Correos de la ciudad entre simpatizados de PP y CPM después de que una trabajadora del PP se dispusiera a entregar un paquete con decenas de votos por correo.

Según el documento al que ha tenido acceso Europa Press, la JEC “deniega la anulación o suspensión del voto por correo” en Melilla al confirmar el acuerdo de la Junta Electoral de Zona (JEZ) de Melilla, que también rechazó anular el voto por correo realizado en la Ciudad Autónoma.

El acuerdo, firmado por el presidente de la JEC Carlos Granados Pérez, ha señalado que “resulta contrario a la legislación electoral adoptar una decisión tan grave como la de anular todo el voto por correo emitido en una circunscripción” cuando, como se indica en el informe de la Junta Electoral de Zona de Melilla, “no existen datos objetivos, más allá de sospechas o conjeturas genéricas, que indiquen que existe un fraude masivo ni una infracción generalizada”.

El órgano electoral señala, no obstante, que esta decisión se ha tomado “sin perjuicio de las resoluciones judiciales que puedan adoptarse respecto a denuncias concretas que puedan haberse presentado”.

RECUSACIÓN DE UN JUEZ

La JEC ha recogido que también rechaza la solicitud de recusación de dos vocales de la JEZ. En lo que se refiere al vocal judicial, el titular del Juzgado de Instrucción número 5, ha indicado que “no queda justificado el deber de abstenerse por el hecho de que su Juzgado haya conocido en 2008 un caso por voto por correo”, por el que se piden 231 años de cárcel a una treintena de miembros de PSOE y CPM.

Por lo que se refiere al vocal no judicial, en concreto a la letrada cercana al PP, la JEC ha razonado que las cuestiones que se señalan en el recurso de CPM y Podemos son “afirmaciones sin acreditación alguna y que no se plantearon en el momento de constituirse la Junta Electoral de Zona”.

El recurso de CPM y Podemos se ha producido después de los incidentes ocurridos el pasado miércoles 20 de mayo en Correos en Melilla entre simpatizantes de CPM y PP cuando los primeros grabaron e increparon a trabajadores del PP que llevaron paquetes con votos por correo.

Esta práctica la han defendido como legal porque está permitido realizar esta acción porque ha esgrimido que a lo único que obliga la ley es a que la solicitud debe realizarla personalmente el interesado, pero la entrega puede ejecutarla cualquier otra persona que el interesado desee, ya sea un amigo, un familiar o su propio partido.

El acuerdo de la JEC ha señalado su acuerdo de rechazar la anulación del voto por correo en Melilla “es firme en vía administrativa”, pero ha indicado que “contra el mismo cabe la interposición del recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses desde su notificación”.

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