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Monedero se libra de un proceso penal porque Hacienda no dio con él antes de la regularización del pago

El fundador de Podemos Juan Carlos Monedero

Pedro Águeda

La jueza Raquel Fernando Nosti ha rechazado las dos querellas presentadas contra Juan Carlos Monedero en relación con la tributación de 425.000 euros que el fundador de Podemos facturó a cuatro gobiernos de países latinoamericanos por trabajos de asesoría tres años antes. La magistrada concluye que, de acuerdo al Código Penal, no cabe abrir una causa penal contra Monedero porque el profesor regularizó su situación con el fisco antes de que le fuera notificado por Hacienda el expediente abierto contra él.

El caso de Monedero presenta una peculiaridad respecto a otros derivada de su relevancia social y mediática. El hecho de que no le fuera comunicada la inspección de Hacienda no significa que el profesor desconociera la investigación emprendida por el departamento de Cristóbal Montoro. Elplural.com había desvelado el 18 de enero que el profesor ingresó 425.150 euros en 2013 a través de una empresa llamada Caja de Resistencia Motiva 2 Producciones SL, creada en octubre de ese mismo año. Los trabajos de Monedero habían sido realizados en 2010, tres años antes de la fundación de la empresa.

El que fuera secretario de Programa de Podemos abonó por los trabajos de asesoría un total de 70.000 euros en impuesto de sociedades, en lugar de los 176.000 euros que correspondían por IRPF, ya que los ingresos se derivaban del rendimiento de una persona física. El politólogo regularizó su situación con el fisco el 29 de enero a través de la presentación de dos declaraciones complementarias: una del IRPF, por valor de 141.215,17 euros, y otra por IVA, de 77.280 euros. Podemos siempre ha defendido que Monedero podía haber tributado en el extranjero por sus trabajos y que optó por hacerlo en España, aunque fuera de modo irregular.

Pero entre la noticia en prensa y la regularización ocurrió, o más bien dejó de ocurrir, un hecho que a la postre ha marcado la resolución judicial del caso: las al menos dos ocasiones en que Hacienda intentó notificar a Monedero que le había abierto una inspección y no logró localizarle, ni en su domicilio, ni en la Universidad donde trabaja. Finalmente, fue el 3 de febrero y a través de agentes del Servicio de Aduanas como le fue notificada la inspección.

“Cierto es que la Agencia Tributaria, en el informe remitido a este juzgado, ha hecho constar que, con anterioridad al 29 de enero de 2015, se realizaron, con resultado infructuoso, varios intentos de notificación del inicio de tales actuaciones inspectoras”, recoge la jueza en su auto, al que ha tenido acceso eldiario.es. Y concluye: “Pero dado que los datos objetivos avalan que la declaración complementaria, y el subsiguiente pago a Hacienda, se produjeron pocas fechas antes de la notificación del inicio de tales actuaciones inspectoras, ello suscita la cuestión acerca de la relevancia penal de los hechos objeto de la querella”.

El caso originó un gran revuelo mediático, incluidas las quejas del afectado y su formación política por el hecho de que unos datos confidenciales fueran aireados por determinados medios de comunicación. A esto se sumaron dos querellas presentadas por Manos Limpias y la Asociación Pro Justicia Siglo XXI, del abogado Emilio Rodríguez Menéndez. En las querellas se apuntaba un posible delito societario, de falsedad documental, fiscal y de pertenencia a una organización criminal.

En el auto de inadmisión, fechado el 23 de julio, la jueza Raquel Fernandino considera que no ha lugar a admitir a trámite las querellas y concede tres días desde la fecha de la notificación a Manos Limpias y la Asociación Pro Justicia Siglo XXI para presentar un recurso.

Con el apoyo de la Fiscalía

En su resolución razonada, la magistrada asume el criterio de la Fiscalía. Esta citaba en su escrito el artículo 305.4 del Código Penal que no ha sido modificado con la entrada en vigor del nuevo texto el 1 de julio. El citado artículo recoge que “se considerará regularizada la situación tributaria cuando se haya procedido por el obligado tributario al completo reconocimiento y pago de la deuda tributaria antes de que por la Administración Tributaria se le haya notificado el inicio de actuaciones de comprobación o investigación”. Las irregularidades contables “u otras falsedades contables” que se deriven de la deuda tributaria regularizada a tiempo tampoco serán investigadas.

La querella de Manos Limpias también incluía el delito de pertenencia a organización criminal, al cual ni se refiere el auto de la jueza Raquel Fernandino Nosti. El texto de la querella rezaba que Monedero es una “pieza fundamental en el reparto de roles” de una supuesta “organización criminal” a la que también pertenecería una productora de Pablo Iglesias. Según la asociación que dirige Miguel Bernad, Monedero era el encargado de “gestionar las relaciones institucionales, económicas y financieras” de la misma, desempeñando igualmente un papel directivo“.

La actividad de la productora de Iglesias ya le valió al líder de Podemos otra querella de Manos Limpias, en este caso ante el Tribunal Supremo, por su condición de aforado. En la misma, la asociación acusaba a Iglesias de nueve delitos y le comparaba con Hitler, Lenin, Pol Pot, Mao Zedong y Fidel Castro. El Supremo resolvió que era un “totum revolotum de hechos, opiniones y sospechas donde es difícil advertir elementos dogmáticos que sustenten la acusación”.

La repercusión que alcanzó la regularización fiscal a la que se vió obligado Monedero fue uno de los motivos que condujo al abandono por parte de Juan Carlos Monedero de la dirección de Podemos en mayo. Este se produjo entre acusaciones del fundador de la formación política hacia la línea adquirida por el partido en los últimos tiempos. “A veces nos parecemos a quienes queremos superar”, dijo horas antes de anunciar su marcha.

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