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Pedraz rechaza investigar la querella del CNI contra el pequeño Nicolás

Pedraz rechaza investigar la querella del CNI contra el pequeño Nicolás

EFE

Madrid —

El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz ha rechazado este viernes investigar la querella del Centro Nacional de Inteligencia (CNI) contra Francisco Nicolás Gómez Iglesias, el “pequeño Nicolás”, al entender que este tribunal no es competente por no tratarse de un delito contra altas instituciones del Estado.

Pedraz ha tomado la decisión de acuerdo con la Fiscalía, que esta semana se opuso a la admisión de esta querella que le fue remitida a Pedraz por el juez de Instrucción número 43 de Madrid, Diego de Egea, al considerar que el órgano competente para instruirla era la Audiencia Nacional por tratarse de un delito contra altas instituciones del Estado, han informado fuentes jurídicas.

Sin embargo, el magistrado discrepa de esa opinión y hace suyo el informe en el que la Fiscalía sostenía que, al igual que los Ministerios, el CNI no puede considerarse un alto organismo de la nación. También que el tipo delictivo del que se acusa al pequeño Nicolás en la querella (injurias graves a los ejércitos, clases o cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado) tampoco encajaría en las competencias de la Audiencia Nacional.

De este modo, al haber rechazado Pedraz quedarse con esta querella, el juez Diego de Egea deberá ahora decidir sobre su admisión a trámite.

El CNI, a través de la Abogacía del Estado, interpuso esta querella contra Francisco Nicolás Gómez Iglesias por la supuesta comisión de un delito de injurias graves a los ejércitos, clases o cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado por las declaraciones que hizo en diversos medios de comunicación, fundamentalmente en el programa de Telecinco Un tiempo nuevo.

El juez de Instrucción número 43 de Madrid fundamentó el auto de inhibición que dictó el pasado 23 de diciembre en que los delitos cometidos contra los altos organismos de la nación son competencia exclusiva de la Audiencia Nacional, en virtud de lo dispuesto en los artículos 65 y 88 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

En ese momento, la Fiscalía correspondiente ya se opuso a que se enviara la causa a la Audiencia Nacional, pero presentó el recurso fuera de plazo y por tanto no se pudo resolver.

En el auto de inhibición, el juez explicaba que debía tenerse en cuenta que el Código Penal incluye al Ejército y a las clases y cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado entre los organismos especialmente privilegiados, en orden a la protección frente a amenazas o injurias que atenten gravemente contra las instituciones del Estado en general.

Añadía que la parte querellante afirma que los comportamientos que realiza Francisco Nicolás Gómez Iglesias “son graves” y que “el juez ordinario predeterminado por la ley debe ser el que determine la calidad de la gravedad de los hechos, y no es otro que el Juzgado Central de Instrucción al que por reparto le corresponda”.

Francisco Nicolás Gómez, de 20 años, fue detenido a mediados de octubre pasado en Madrid acusado de hacerse pasar por miembro del Gobierno y usar documentación falsa, y fue puesto en libertad el 17 de ese mes.

La Abogacía del Estado presentó la querella tras las declaraciones que realizó en varios medios de comunicación, y a las que siguieron una sucesión de desmentidos por parte del Centro Nacional de Inteligencia, el Gobierno, la Casa Real y la Comunidad de Madrid.

Francisco Nicolás Gómez Iglesias tiene otra causa abierta en el Juzgado de Instrucción número 2 de Madrid por delitos de estafa, falsedad y usurpación de funciones.

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