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La Policía podrá aportar pruebas que relacionan a un etarra con el atentado de López Hoyos

La Policía podrá aportar pruebas que relacionan a un etarra con el atentado de López Hoyos

EFE

Madrid —

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La Audiencia Nacional ha accedido a que la Policía aporte los documentos en los que se basó para relacionar al etarra Jesús García Corporales, “Gitanillo”, con el atentado de ETA en la calle de López de Hoyos, el 21 de junio 1993, en el que fallecieron siete personas, seis de ellas militares.

La sección tercera de lo Penal -Alfonso Guevara, Angeles Barreiro y Antonio Díaz Delgado- ha adoptado esta decisión en auto en el que admite parcialmente el recurso contra la negativa del juez Ismael Moreno a incorporar esas pruebas que interpuso Pablo Romero, hijo de una de las víctimas y que el 21 de junio 2013 consiguió que se reabriera el sumario pocas horas antes de que prescribiera.

A raíz de la reapertura de esta causa, al descubrirse “indicios lógicos” de la participación del exdirigente etarra Ignacio Miguel Gracia Arregi, “Iñaki de Rentería”, la Comisaría General de Información de la Dirección General de la Policía emitió el pasado junio un informe vinculando en estos hechos a García Corporales (al que sitúa en el comando Madrid en las fechas del atentado) y los indicios sobre la actividad en ETA de María Jesús Arriaga.

Ante estos nuevos datos, Romero pidió al juez del caso, Ismael Moreno, que requiriera a la Policía los documentos en los que se había basado para hacer ese informe y que citara como testigos a los policías encargados de las investigaciones en 1992 y 1993 sobre Arriaga y García Corporales, pero el instructor lo denegó.

Ahora la Sala, al resolver el recurso de apelación, considera necesario “ahondar” en la información aportada por la Policía sobre García Corporales, dado que solo se dispone “de afirmaciones sobre su salida de Madrid, regreso a Madrid, participando en otro atentado en noviembre de 1992”.

“Desconocemos en qué otros indicios se basan para realizar la afirmación de su integración en el comando Madrid en la fecha del atentado”, añaden los magistrados, que por tanto creen que cabe “extraer si de esos indicios no concretados se infiere de ellos su participación en el atentado o solo es por la pertenencia”.

Respecto a la toma de declaración de los policías que investigaron a Arriaga y a García Corporales, los magistrados las consideran innecesarias “hasta que no se disponga de la información” en la que se basó el informe policial.

En cuanto a los indicios sobre Arriaga, a los que hizo referencia la Guardia Civil en otro informe paralelo del 22 de julio y extraído de la información policial, la Sala cree que las conversaciones telefónicas en las que se basa “no son necesarias en esta fase de la investigación”, pues lo único que se deduce de ellas es que realizaba alguna actividad a favor de ETA y en “fecha muy lejana al atentado” y, dado que abandonó España en 1992, no resulta “plausible su implicación” en la masacre.

En ese informe, la Guardia Civil descartaba la participación de Arriaga y García Corporales en el atentado, aunque la Sala recuerda que el instituto armado no posee las investigaciones sobre ambos, “más allá de las informaciones particularizadas” de la Policía.

Por este atentado, fueron condenados en 1996 a 1.860 años de cárcel José Gabriel Zabala Erasun (quién puso a la Policía sobre la pista de Gracia Arregui) y Gonzalo Rodríguez Cordero a 1.860 años como autores de los delitos de atentado terrorista, seis asesinatos, cuarenta de asesinato frustrado, estragos, uso ilegítimo de vehículo de motor y sustitución de plazas de matrícula.

Los fallecidos fueron los tenientes coroneles Juan Romero Álvarez, Alberto Carretero Soguel, Fidel Dávila Garizo y Javier Baró Díaz; el capitán Domingo Olivo Parza, el sargento José Manuel Calvo y el conductor Pedro Robles.

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