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El Supremo ordena a Interior el estudio de la solicitud de asilo de un saharaui

El Supremo ordena a Interior el estudio de la solicitud de asilo de un saharaui

EFE

Madrid —

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El Tribunal Supremo ha ordenado al Ministerio del Interior que estudie la solicitud de asilo que presentó un saharaui que llegó a Fuerteventura en 2011, según la sentencia hecha pública hoy.

La sala de lo contencioso-administrativo del alto tribunal ha estimado el recurso presentado por Rida E.K. contra la sentencia de la Audiencia Nacional que avaló la decisión de Interior.

Rida E.K. solicitó asilo en el centro de internamiento de extranjeros de El Matorral, en Puerto del Rosario, el 11 de enero de 2011, tras identificarse como saharaui procedente del antiguo Sáhara español y asegurar que había huido del campamento de Gdeim Izig por la represión sufrida.

Declaró que no quería regresar a Marruecos porque lo había pasado “muy mal” y que tenía pesadillas por lo que le pasó en el campamento.

Tres días después Interior rechazó su solicitud al considerar que estaba basada en “alegaciones insuficientes” y en un “relato genérico, vago e impreciso tanto en los motivos que provocaron la persecución como en la forma en que esta se produjo”, sin que quedara establecido “de manera suficiente que tal persecución se produjo”.

El Supremo considera que la aplicación al caso del artículo 21.2 de la Ley 12/2009, reguladora del derecho de asilo, por el que se acordó la denegación mediante “un procedimiento brevísimo” comporta “una patente disminución de garantías para el solicitante”.

El tribunal considera que “no resulta de recibo” utilizar esta “restringida vía” para “despachar apresuradametne una solicitud de asilo cuya inverosimilitud, incoherencia o carencia de fundamento no se revela obvia y patente ya en un primer examen”.

Ante la imposibilidad del Supremo de resolver la petición de asilo, los magistrados han ordenado a Interior que se procede a la admisión a trámite de la petición de asilo y al estudio de la solicitud de protección internacional continuando la tramitación del procedimiento administrativo previsto en estos casos.

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