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El Supremo absuelve a acusado de violación por no creer a la mujer denunciante

El Supremo absuelve a acusado de violación por no creer a la mujer denunciante

EFE

Madrid —

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El Tribunal Supremo ha absuelto a un hombre a quien previamente la Audiencia de Valencia había condenado por abusos sexuales con penetración porque considera que la declaración acusatoria de la supuesta víctima no es creíble.

El alto tribunal destaca en su sentencia que debe tenerse en cuenta, en casos de agresiones sexuales, que el suceso “que motiva el procedimiento penal se desarrolla en la intimidad de la víctima y del inculpado”, lo que conlleva una dificultad probatoria que no debe perjudicar a quien sufra el delito.

Por tanto, “la sola declaración de la víctima” puede, en estos casos, bastar para la condena, añade el Supremo, quien precisa sin embargo que para ello son necesarios “ciertos requisitos”, como la no existencia de ánimo de venganza por parte de la acusadora hacia el acusado; que la denuncia sea verosímil y que el testimonio no revista contradicciones.

Además, es necesario que algún dato ajeno y externo corrobore la versión de los hechos denunciada, dice el alto tribunal.

“En nuestro caso, debe destacarse que los elementos probatorios que relaciona la sentencia -y otros como la documental sobre el 'historial' de la denunciante, que ni cita- son más útiles para apoyar la versión” del acusado que la de ella, dice el Supremo.

En este sentido, el tribunal cita el informe forense que señala algunas lesiones en la cara del denunciado y ningún vestigio de violencia en ella, y también el informe policial que no encontró ninguna señal de desorden o mancha de fluido -que pondría en evidencia el desarrollo de actividades sexuales- en la casa de la denunciante.

De este modo, el tribunal dicta una nueva sentencia absolutoria cuyo relato de hechos contrasta con el de la condena.

Así, la sentencia condenatoria relataba que después de estar bebiendo en un bar, hombre y mujer pararon a comprar una cerveza y ella le invitó a subir a tomársela en su casa, después de lo cual “... ella se quedó dormida y el acusado, guiado por satisfacer sus impulsos libidinosos, aprovechó esta circunstancia para bajarle parcialmente los pantalones y penetrarla vaginalmente”.

“Mercedes despertó súbitamente y lo apartó propinándole un empujón, saliendo entonces del domicilio J.M.”, concluía aquel fallo.

En contraste, el relato de hechos del Supremo apunta que ambos se sentaron en el sofá del comedor y estuvieron hablando hasta que él se quedó dormido en el sofá, “despertándose súbitamente porque ella estaba golpeándole, sin razón aparente. Ante ello el acusado se marchó” y fue atendido en un centro de salud por lesiones de menor importancia.

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