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El Supremo investigará si Imbroda prevaricó en una contratación

El Supremo investigará si Imbroda prevaricó en una contratación

EFE

Madrid —

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El Tribunal Supremo ha abierto una causa para investigar si el presidente del Gobierno de Melilla, Juan José Imbroda, podría haber cometido un delito de prevaricación en la contratación irregular de un abogado por parte de la ciudad autónoma.

Aunque todavía se trata de una indagación preliminar, lo cierto es que Imbroda es senador, razón por la cual está aforado ante el Supremo. Por esta razón dicho tribunal es el competente para decidir ahora si efectivamente hay delitos en los hechos a investigar y si existen indicios de la posible implicación en ellos del presidente de Melilla.

La Sala de lo Penal del alto tribunal deberá decidir, tras la investigación preliminar, si se confirman ambos aspectos. De ser así, pediría el suplicatorio al Senado para encausar a Imbroda en relación, al menos, con un delito de prevaricación.

El fiscal informó el pasado mes de octubre a favor de que el Supremo abriera esta causa porque considera que “hay indicios suficientes” de la posible comisión de un delito de prevaricación “sin descartar obviamente la existencia de otras infracciones penales” y porque cree que se debe esclarecer la conducta de Imbroda.

El Supremo ha nombrado al magistrado Francisco Monterde instructor del caso y él será quien desarrolle la investigación preliminar del asunto en el Supremo, mientras que el resto de la indagación, que no afecta a personas aforadas, seguirá en el juzgado de Melilla en donde se originó el caso.

El juez de Melilla titular del juzgado número 2 envió al Supremo una exposición razonada ante la aparición de indicios que, a su criterio, implican a Imbroda en la citada contratación irregular del abogado por parte de la ciudad autónoma.

La exposición razonada del juez, Emilio Lamo de Espinosa, fue enviada en agosto al Supremo a partir de una investigación que apuntaba la posibilidad de que Imbroda hubiera designado a un abogado al margen de los servicios jurídicos públicos y sin seguir los trámites exigidos por la ley para ello.

El Supremo pidió informe a este respecto al fiscal y el Ministerio Público respondió que, tras analizar “detalladamente” tanto la exposición razonada del juez de instrucción como la documentación aportada por Imbroda, había llegado a la conclusión de que los hechos presentan “apariencia delictiva”.

El caso se inició a partir de una denuncia de una asociación de letrados, en el año 2001, cuando la ciudad autónoma contrató a un abogado para que colaborara en la defensa de los intereses de la institución ante 150 denuncias que fueron presentadas por el despido de unas cooperativas cuya contratación pudo ser ilegal.

El artículo 404 del Código Penal castiga la prevaricación que comete “la autoridad o funcionario público que, a sabiendas de su injusticia, dictare una resolución arbitraria en un asunto administrativo” y la castiga con pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de siete a diez años.

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