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El Supremo firma por primera vez una condena por tráfico de órganos

El Supremo firma por primera vez una condena por tráfico de órganos

EFE

Madrid —

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El Tribunal Supremo ha firmado por primera vez en su historia una condena por tráfico de órganos, al considerar válidas las penas de hasta seis años impuestas por este delito en una sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona.

El tribunal catalán condenó a tres miembros de una familia, de origen marroquí, por delitos de tráfico ilegal de órganos principales humanos; ahora el Supremo ha confirmado esa sentencia.

La Audiencia consideró probado que los condenados ofrecieron 6.000 euros a un ciudadano marroquí en situación irregular en España, quien vivía de la mendicidad, a cambio de uno de sus riñones, que debía ser trasplantado a uno de los condenados.

El Supremo confirma: los procesados buscaron “un órgano a espaldas del ordenamiento” y en contra del sistema público de trasplantes, “diseñado según los principios básicos de altruismo, gratuidad, solidaridad y objetividad en la asignación de los órganos”.

El tribunal destaca que el delito de tráfico de órganos, que fue introducido en el año 2010, “no trata solo de proteger la salud o la integridad física de las personas”, sino también su dignidad, “evitando que las mismas, por sus condicionamientos económicos, puedan ser tratadas como un objeto detentador de órganos”.

Los hechos recogidos en la sentencia recurrida relatan que el condenado Toni R. padecía una enfermedad renal y que, después de someterse a sesiones de diálisis, se le preparó para un trasplante de riñón.

Se le informó de la regulación existente y su expediente fue remitido al hospital de Bellvitge. Como no tenía tarjeta sanitaria, se hacía pasar por su hermano Django, también condenado, cada vez que iba al médico.

El padre y sus dos hijos, con la ayuda de Oussama E.K., planearon acortar el tiempo de espera para el trasplante renal buscando a un donante compatible con el enfermo quien, a cambio de una cantidad de dinero, se presentaría ante los médicos como un amigo de la familia y se sometería al trasplante de riñón contraviniendo los requisitos legales.

El donante era un ciudadano marroquí, en situación irregular en España, con problemas para expresarse en español, que pedía limosna y vivía en una casa ocupada por personas sin techo en L'Hospitalet de l'Infant, Tarragona.

Aceptó someterse al trasplante de uno de sus riñones a cambio de 6000 euros y acudió al hospital donde se comprobó que era compatible con el enfermo.

Después le llevaron a la notaría para firmar una escritura pública pero, en ese trance, el donante se arrepintió. Por esa razón, el padre, su hijo Django y Oussama salieron en su busca y le golpearon, causándole lesiones.

De ese modo, el padre y jefe del clan familiar resulta condenado, además de por un delito de tráfico de órganos, también por coacciones. Su pena es de seis años y seis meses de prisión.

Su hijo Django, a seis años de prisión por un delito de tráfico de órganos y otro delito de usurpación de estado civil.

La pena para el otro hijo, Toni, el que necesitaba el trasplante, es también por estos mismos delitos, pero es inferior -cuatro años y medio de prisión- al aplicarse un subtipo atenuado por ser el receptor. Por último, el amigo que buscó el donante fue condenado a seis años de prisión por un delito de tráfico de órganos.

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