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El Supremo rechaza rebajar la condena al ex secretario general de LAB

El Supremo rechaza rebajar la condena al ex secretario general de LAB

EFE

Madrid —

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El Tribunal Supremo ha rechazado rebajar la pena al ex secretario general de LAB Rafael Díez Usabiaga, condenado a seis años y medio de prisión, al entender que, aunque no cometió actos violentos, sí tuvo un papel relevante en la elaboración y transmisión de la estrategia política de ETA.

La Sala de lo Penal ha dictado una sentencia en la que rechaza aplicar la atenuante prevista para delitos de terrorismo en casos de menor gravedad, introducida en la reforma del Código Penal de 2015, como había solicitado el condenado.

Dicha atenuación permite rebajar en uno o dos grados la condena a quienes hayan abandonado voluntariamente sus actividades delictivas y colaboren con las autoridades y cuando el hecho sea objetivamente de menor gravedad.

Así, la Sala desestima el recurso presentado por Díez contra el auto de la Audiencia Nacional de noviembre de 2016 que denegó la rebaja en un grado de la pena que le impuso el Supremo por un delito de integración en organización terrorista por el caso Bateragune.

Los magistrados entienden que el condenado formó parte de una comisión encargada de trazar y transmitir las líneas de actuación de ETA, conforme a las directrices internas y mandatos recibidos de la banda terrorista.

Para la Sala, “la integración del penado incidía en la propia organización terrorista de forma que su actividad estaba instrumentalizada por la misma”.

“Cuestión distinta es que su modo de acción fuese ajeno a la violencia y se centrase en la estrategia política consecuencia del desdoblamiento decidido por ETA. Siendo ello así, tampoco puede afirmarse que su actividad sea ajena a la expansión (política) de las actividades de la banda”, destaca la resolución.

La sentencia recuerda que ya rebajó su pena de diez años impuesta por la Audiencia Nacional a seis años y seis meses de prisión al considerar probado que no era dirigente de ETA, aunque su actividad fue intensa y multidiciplinar al servicio de los planes de la banda.

Uno de los cinco magistrados que firman la resolución, Albero Jorge Barreiro, ha emitido un voto particular discrepante en el que sostiene que sí habría que aplicarle la atenuante.

En su voto, considera que “no solo no ha realizado ni promovido actos de violencia en el curso de su actividad política, sino que ha propiciado el acercamiento a una solución política del problema que late detrás de la lucha armada”.

Para el magistrado, el ex secretario general de LAB “ha sido condenado por materializar o instrumentalizar la línea política de ETA, y esa actividad le ha llevado también a ser considerado miembro integrante de la organización terrorista.

Y añade que “parece, pues, razonable que cuando menos, se tenga en consideración que su conducta dentro la organización contribuyó a desplazar la línea que postulaba la lucha armada y a intensificar la vía política, de la cual era protagonista en los años precedentes a su inculpación”.

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