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El TS anula la pena de 119 años impuesta a una etarra que estuvo huida 22 años por falta de prueba suficiente

EUROPA PRESS

MADRID —

La Audiencia Nacional condenó a Alberdi de los delitos de atentado, asesinatos terroristas y estragos, de los que es absuelta por la sentencia hecha pública este viernes por el Tribunal Supremo.

La resolución, de la que ha sido ponente el magistrado Andrés Palomo del Arco, analiza las pruebas tenidas en cuenta por la Audiencia, en particular una anotación manuscrita de esta mujer con el nombre de la empresa de paquetería de Valladolid que se usó para enviar la bomba, que figuraba dentro de un cuaderno inacutado a un miembro de ETA.

En el mismo cuaderno aparecía una anotación del histórico de ETA Joseba Urrusolo Sistiaga, ya condenado por estos hechos, con la dirección del Ministerio de Justicia, en Madrid, al que fue condenado el paquete.

La nota de Alberdi integra un listado de las direcciones de nueve empresas de paquetería de Valladolid, siete de ellas acompañada de anotaciones sobre la posibilidad de que pudieran mandar envíos a Sevilla y el tiempo de los mismos. Para el Supremo, la existencia de dichos listados dentro de una disgregada documentación de varias decenas de hojas “en absoluto permite concluir que quien había recopilado la dirección de las empresas de paquetería de Valladolid había fijado el método operativo y objetivo de un concreto atentado”.

(HABRÁ AMPLIACIÓN)

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