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Tribunal UE apoya trasvases en áreas protegidas cuando hay “interés público”

Bruselas —

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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) apoya la realización de trasvases, incluso en áreas naturales protegidas, siempre que exista un interés público y se tomen medidas compensatorias para garantizar una coherencia en la red de espacios naturales Natura 2000.

Así lo señala en una sentencia en la que se precisa que el Estado miembro debe identificar con precisión los perjuicios que el proyecto causa a los lugares afectados y adoptar todas las medidas necesarias para proteger la coherencia global de la red de espacios protegidos.

Los jueces de la UE se ha pronunciado tras ser preguntados por un tribunal griego, después de que varias entidades y asociaciones locales solicitaran la anulación de un proyecto que pretende una desviación parcial de aguas del río Achelos al río Peneo, con el objetivo de explotar el curso superior de este último para la construcción de presas.

El proyecto está ideado para responder a las necesidades de regadío de la región de Tesalia, así como para la producción de electricidad y el abastecimiento de agua de los conjuntos urbanos de esa región.

El alto tribunal señala que las autoridades competentes deben realizar una evaluación para asegurarse de que ningún proyecto pueda llegar a producir efectos perjudiciales para la integridad del lugar.

En caso de que pueda afectar de forma apreciable, el proyecto “no puede ser autorizado a falta de datos fiables y actualizados relativos a la fauna de aves de esa zona”.

No obstante, si el resultado de la evaluación de las incidencias en el lugar es negativa se podrá seguir adelante si “no existen soluciones alternativas” y el proyecto es de “interés público de primer orden”.

En esos casos, el conocimiento de las incidencias en el lugar “es indispensable para la ponderación de esas razones de interés público con los perjuicios causados al lugar, a fin de determinar las medidas compensatorias”.

El Estado miembro debe tomar medidas compensatorias “para garantizar que la coherencia global de Natura 2000 quede protegida” y tener en cuenta el alcance de la desviación de aguas y la dimensión de las obras e identificar con precisión los perjuicios que pueda causar el proyecto al lugar afectado.

El regadío y el abastecimiento de agua para la población constituyen “un interés público de primer orden” y pueden justificar en principio un proyecto de desviación de aguas en defecto de una solución alternativa.

En cambio, precisa la sentencia, para justificar la realización de un proyecto de desviación de aguas perjudicial para la integridad de un lugar que albergue un tipo de hábitat natural y/o una especie prioritarios, únicamente se pueden invocar consideraciones relacionadas con la salud humana o relativas a las consecuencias positivas de primordial importancia para el medio ambiente.

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