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Troitiño, citado a declarar por videoconferencia el jueves pese a que Reino Unido rechaza su entrega

EUROPA PRESS

MADRID —

El juez de la Audiencia Nacional José de la Mata tiene previsto interrogar el próximo jueves por videoconferencia al etarra Antonio Troitiño Arranz para comunicarle su procesamiento por delitos de terrorismo que habría cometido tras su salida de la cárcel a pesar de que el Reino Unido, país en el que fue detenido en febrero de 2014, rechaza su extradición a España.

El magistrado libró a mediados de agosto una comisión rogatoria urgente a las autoridades británicas en la que solicitaba la práctica de esta diligencia ignorando que el Tribunal Supremo de Londres denegó el pasado 31 de julio la entrega del expreso a España. al considerar que la Audiencia Nacional no había satisfecho los requisitos establecidos en la legislación del país. Además, la Fiscalía anunció su intención de no recurrir esta decisión ante la Corte de Apelación.

De la Mata, sin embargo, pretende llevar a cabo esta declaración, conocida en el argot judicial como indagatoria, para comunicar al expreso etarra su procesamiento por los delitos de pertenencia a organización terrorista y falsificación de documentos, que habría cometido tras su salida de prisión, que se produjo el 13 de abril de 2011.

En la comisión rogatoria, además de la notificación a Troitiño del auto de procesamiento y la declaración por videoconferencia, el juez pedía a Reino Unido que instara al imputado a designar un abogado y un procurador, con apercibimiento de que si no lo hace se le atribuirían de oficio.

JUICIO EN REBELDÍA

En un auto el magistrado señalaba que en esta clase de proceso penal, correspondiente al trámite del sumario, y a la vista de las penas que eventualmente puedan ser solicitadas por una acusación contra Troitiño, “no es posible el juicio en rebeldía o ausencia del procesado”.

“Su presencia física ante el tribunal de enjuiciamiento es, de acuerdo con la ley, completamente inexcusable. Ello obligará en su día al tribunal (la Audiencia Nacional), caso de que el procesado no comparezca voluntariamente, a solicitar su detención y entrega”, apuntaba.

En todo caso, recordaba que su juzgado mantiene vigente la orden internacional de detención, ya que no comparte la decisión británica de no entregar a Troitiño, y de acuerdo a la legislación española, continúa en situación de fuga y sustracción a la acción de la justicia.

Además, señalaba que la instrucción ha concluido, indiciariamente, que Troitiño se reintegró en ETA después de su salida de prisión en España el 13 de abril de 2011, pasando a la clandestinidad tras ser ordenada su busca y captura por la Audiencia Nacional el día 19 del mismo mes de abril de 2011.

ETA LE AYUDÓ A HUIR DE ESPAÑA

El etarra, según el juez, se puso entonces en contacto con ETA a fin de que le ayudara a huir de España, aceptando con ello “un sometimiento a las instrucciones” de la organización terrorista en relación con lo que denomina el Colectivo de Refugiados, rama que agrupa a los militantes en países que no sean España o Francia, “siempre a disposición” de la banda. Además, hizo llegar una foto suya al aparato de falsificación de ETA, que confeccionó con ella seis DNIs simulados.

También disponía de dos permisos de conducir y dos tarjetas sanitarias europeas falsificadas, que fueron intervenidas en el piso de Londres donde fue detenido en junio de 2012. Esa infraestructura, según el magistrado español, era de ETA y estaba dispuesta para acoger a militantes de la organización de acuerdo al denominado Protocolo de Refugiados.

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