Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.
La portada de mañana
Acceder
Israel se prepara para una ofensiva en Rafah mientras el mundo mira a Irán
EH Bildu, una coalición que crece más allá de Sortu y del pasado de ETA
Opinión - Pedir perdón y que resulte sincero. Por Esther Palomera
Noticia de agencia

Noticia servida automáticamente por la Agencia EFE

Esta información es un teletipo de la Agencia EFE y se publica en nuestra web de manera automática como parte del servicio que nos ofrece esta agencia de noticias. No ha sido editado ni titulado por un periodista de eldiario.es.

El juez Yusty: La libertad de expresión se puede ejercer en teatros o plazas

EFE

Madrid —

0

El juez José Yusty ha ratificado su decisión de prohibir que el acto previsto a favor del referéndum soberanista del 1-O en Madrid el domingo 17 se celebre en un local municipal y ha planteado que la libertad de expresión se puede ejercer en cines, teatros o en la calle y las plazas.

El juez ha rechazado las alegaciones que hoy mismo ha presentado el Ayuntamiento de Madrid en las que, entre otras cuestiones, defendía que la suspensión cautelar del acto en favor del referéndum de Cataluña en un edificio municipal vulnera “valores y principios constitucionales” y derechos fundamentales como la libertad de expresión o ideológica de los convocantes.

Yusty, titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Madrid, ha rechazado esas alegaciones, con lo que el acto “En Madrid, por el derecho a decidir” no podrá celebrarse en la sala Terneras del centro cultural municipal Matadero, como solicitaron los promotores.

“Sin negar las consecuencias políticas o al menos mediáticas que la cuestión acarrea, lo que se debate e impugna no es la libertad de expresión, que no se pone en duda, sino única y exclusivamente si puede el Ayuntamiento de Madrid ceder un local municipal para la celebración de un acto que se titula 'En Madrid por el derecho a decidir”, argumenta el juez.

Recuerda que “el derecho a decidir” es una expresión que se ha repetido “innumerables veces por los movimientos y grupos secesionistas que propugnan un referéndum no autorizado para el día 1 de octubre en Cataluña”.

Pero expone que no se trata de una cuestión política, sino de el uso de bienes municipales. “La libertad de expresión se puede ejercer en multitud de lugares, como cines, teatros, en incluso en las calles y plazas públicas”, expone.

En modo alguno, insiste, “se ataca la libertad de expresión” sino que se prohíbe ceder un local municipal para un acto que “tiene todos los visos racionales de pronunciarse a favor de un referéndum no autorizado, que en definitiva se dirige contra la unidad de España”.

Tampoco cree el juez que sea aceptable que se trate de un acto “abstracto” sobre el derecho a decidir y sostiene que, dadas las circunstancias “de todos conocidas”, ese planteamiento “sería un alejamiento de la realidad inconcebible”.

Aclara además que él no prohibió el acto, pues no tiene competencia para ello, sino la cesión para el mismo de un local municipal, y admite: “Quizá pudo redactarse mejor resolución de aquel auto, todo es perfectible”.

Etiquetas
stats