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Se abre la posibilidad de la vía civil y administrativa por el daño del Prestige

Nunca Máis vuelve a la calle porque el Prestige no fue "una maldición bíblica"

EFE

A Coruña —

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El catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad de A Coruña (UDC), Francisco Javier Sanz Larruga, ha explicado hoy a Efe que, una vez concluya la vía penal del proceso judicial por el accidente del Prestige, cabe iniciar la vía civil y administrativa por los daños originados por la marea negra.

Sanz Larruga, también director del Observatorio del Litoral de la UDC, sostiene que, una vez dilucidada la responsabilidad penal y al margen de los recursos que se puedan presentar a la sentencia hecha pública ayer, el proceso puede continuar su rumbo judicial y dilucidar eventuales responsabilidades civiles que puedan plantear los afectados por los daños causados por el vertido del buque.

Incluso se podrían solicitar responsabilidades administrativas al entender que, tras la intervención de la Administración del Estado en el accidente mediante el Sistema Nacional de Respuesta por Contingencias Marinas, se causaron daños por una intervención defectuosa o por falta de adecuación de las medidas adoptadas, y alegar entonces un funcionamiento anormal del servicio público de seguridad marítima.

El tribunal del Prestige ha absuelto al exdirector general de la Marina Mercante José Luis López Sors, al jefe de máquinas, Nikolaos Argyropoulos, y al capitán del barco, Apostolos Mangouras, de los delitos contra el medio ambiente, y sólo ha condenado a este último a nueve meses de prisión por el delito de desobediencia.

Por ello se ha privado de efecto en esta sentencia la responsabilidad civil por daños ecológicos y “es una pena”, ha dicho, porque estaban valorados, como pedía la Fiscalía, en más de cuatro mil millones de euros.

En todo caso el rumbo judicial del proceso puede continuar por otras vías, ha aclarado, pues el juicio penal es previo a los de otro tipo, y “posiblemente” los afectados por la catástrofe acudirán a la vía contencioso-administrativa para demandar daños de la administración, pese a la absolución de López Sors por delito ecológico.

“Al haber intervenido la administración y si alguien entiende que lo hizo defectuosamente y ha causado daños, podría demandar ante los tribunales contencioso-administrativos la responsabilidad de la Administración General del Estado”, ha sostenido el profesor, por considerar que podría plantearse una culpa concurrente, por ejemplo, cuando se decidió alejar el buque de la costa.

Además, los afectados que hayan cobrado los anticipos del Estado en concepto de indemnización por los daños causados por el Prestige no tendrían acceso a la vía civil, puesto que habrían renunciado a recurrir a un proceso judicial contra el Estado cuando los cobraron, no así los que no lo hicieron, que sí podrían acudir a ella y solicitar las indemnizaciones a cargo del Fondo Internacional de Indemnización de Daños(FIDAC).

El FIDAC, el debido a la Contaminación por Hidrocarburos, ha pagado en indemnizaciones 120 de los 151 millones a abonar a los afectados por la marea negra, una cantidad que era la máxima establecida en 2002 por contaminación de hidrocarburos, pero la catástrofe del Prestige hizo revisar esta normativa y en la actualidad esa cifra rondaría los mil millones.

Asimismo, la armadora del barco depositó en el juzgado de Corcubión una fianza de 22 millones de euros, el límite máximo establecido por la legislación entonces.

Sanz Larruga no descarta que la plataforma “Nunca Máis” presente un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, un extremo que anunciará mañana en rueda de prensa.

También podría presentar un recurso la Fiscalía o la Abogacía del Estado, ha planteado, y es probable que el Estado español tenga que emprender otro proceso judicial para cobrar los daños causados por la catástrofe al no ser condenados los dos marinos máximos responsables del barco.

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