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La defensa de los titiriteros recurre el archivo para que sea definitivo e íntegro

La defensa de los titiriteros recurre el archivo para que sea definitivo e íntegro

EFE

Madrid —

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La defensa de los titiriteros Alfonso Lázaro y Raúl García ha recurrido el auto de sobreseimiento provisional de la causa por un delito de enaltecimiento del terrorismo para que el archivo sea definitivo y además se extienda al posible delito contra los derechos fundamentales.

En un comunicado, los letrados de los artistas informan de que han interpuesto recurso de apelación contra el reciente auto del juez de la Audiencia Nacional Ismael Moreno, en el que se archiva la causa contra los titiriteros por un delito de enaltecimiento del terrorismo, al considerar que con su obra no apoyaron a ETA.

Sin embargo, el juez dejó en manos de los juzgados de plaza de Castilla si se pudo tratar de un delito contra los derechos fundamentales recogido en el artículo 510 del Código Penal.

La defensa de los titiriteros ha interpuesto un recurso contra el archivo provisional, y no libre, de la causa, al considerar que los hechos investigados no constituyen un delito de enaltecimiento del terrorismo.

Argumentan su petición de sobreseimiento libre en el hecho de que el elemento objetivo del tipo penal es la expresión de un personaje imaginario, dentro de una trama ficticia.

Los abogados de los artistas recuerdan que ya reflejaron en un escrito de marzo otros ejemplos de ficciones en las algún personaje elogiaba a ETA o aparecía la expresión “Gora ETA” (viva ETA), sin que se iniciara ninguna acción penal, como un capítulo de la serie Cuéntame.

E inciden en que la pancarta de la obra en la que se leía “Gora Alka-ETA” no se refiere a una organización real sino ficticia, en una exageración propia el género satírico.

Recurren, asimismo, que no se extienda el sobreseimiento a un posible delito contra los derechos fundamentales -que es la parte que el juez deriva a plaza de Castilla-, ya que “se desconoce cuáles son los indicios de criminalidad que sustentan la inhibición, más allá de que se hayan en representado una obra de ficción unas escenas donde se ejerce la violencia contra unos personajes de títeres”.

En su opinión, “la única conclusión posible es que con respecto al delito del artículo 510 del Códido Penal tampoco ha quedado acreditado el referido elemento intencional, por lo que procedería igualmente su sobreseimiento”.

Sostienen que el juez instructor “rehuye tomar una decisión que le compete” y subraya que la misma ora fue representada por otras personas y se acordó el sobreseimiento libre de la causa en su totalidad“.

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